Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la acordada N°12.999, firmada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia; Dr. Guillermo Alberto Catalano; donde se estableció modificar el apartado II de la Acordada Nº 12.867, y dar curso a la colaboración judicial.
La acordada se firmó el 29 de noviembre y en el documento se recuerda que por Ley Nº 7797 (sancionada el 21 de noviembre de 2013) se transformara el Juzgado de Ejecución y el Juzgado de Detenidos de los Distritos Judiciales Centro y Sur en Juzgado de Ejecución y Detenidos de Primera y Segunda Nominación de los Distritos Judiciales del Centro y del Sur.
De igual manera y por Acordada Nº 11.539 del 6 de diciembre de 2013 se dispuso en el Capítulo II apartado 6.°) de su Anexo que hasta tanto se instalaran los Juzgados de Ejecución y Detenidos en los Distritos Judiciales Orán y Tartagal, las funciones de ejecución continuarán a cargo de uno de los vocales de la Sala I del Tribunal de Juicio del Distrito respectivo. Por su parte, la competencia de detenidos se cumpliría en el Distrito Tartagal por el Juzgado de Ejecución y Detenidos de Primera Nominación del Distrito Centro y del Sur, y en Orán por el Juzgado de igual fuero y clase de Segunda Nominación.
La Acordada 12.867 dispuso que las Secretarías de Detenidos y Garantías de Orán, Tartagal y Metán se denominarán Secretarías de Ejecución y Detenidos y que asistirán a los jueces de Ejecución y Detenidos del Distrito Judicial del Sur -Circunscripción Metán-, y a los vocales de la Sala I de los Tribunales de Juicio de los Distritos Judiciales de Orán y Tartagal en la función de ejecución, sin perjuicio de las funciones que venían cumpliendo.
Mediante Acordada 12.868, la Corte remitió un proyecto de ley a la Cámara de Senadores sugiriendo modificar el artículo 33, apartado II, inciso d) de la Ley Nº 7716, para que se asigne también la función de detenidos a un juez de la Sala I de los Tribunales de Juicio de los Distritos Judiciales Orán y Tartagal.
La sanción de la ley 8159, reza: “Modifícase el artículo 33, apartado II, inciso d) de la Ley 7716, el que quedará redactado de la siguiente forma: d) Hasta tanto se designen los Jueces de Ejecución y Detenidos de los Distritos Judiciales Orán y Tartagal, las funciones de ejecución y detenidos serán desempeñadas por un juez de la Sala I, de los Tribunales de Juicio de esos Distritos, turnándose cuatrimestralmente”.
De esta manera, se modifica el apartado II de la Acordada Nº 12.867, el que quedará redactado de la siguiente manera: “II.- Establecer que las Secretarías de Ejecución y Detenidos de los Distritos Judiciales Orán y Tartagal asistirán a los señores Jueces de la Sala I de los Tribunales de Juicio de esos Distritos respectivamente, cuando se encuentren de turno, en relación a las funciones de ejecución y detenidos, previstas en los artículos 42, 43 y el Libro Quinto del Código Procesal Penal de Salta”.
También se deja sin efecto el apartado 6.°, del Capítulo II, del Anexo de la Acordada Nº 11.539. El documento lleva las firmas del presidente de la Corte Suprema de Salta, Dr. Guillermo Alberto Catalano, y los jueces Ernesto R. Samsón, Pablo López Viñals, Fabián Vittar, Guillermo Alberto Posadas; y las juezas Sandra Bonari, Teresa Ovejero Cornejo.