Mediante la publicación del Decreto Nº528 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de Salta, se determinó aplicar la “sanción segregativa de exoneración” al profesor Juan Manuel Romero. El docente de eduación física fue denunciado en 2018 por abuso infantil y enjuiciado en 2019.
El caso se remite al año 2018 y el decreto publicado en el Boletín Oficial de Salta remite que el profesor Romero trabajaba como docente titular en la Escuela Nº 4.176 Mariano Antonio de Echazú y como profesor interino de la Unidad Educativa Nº 6.016 (comunidad Lapacho).
La causa contra el profesor fue tramitada ante la Sala de Juicio Nº1 de Tartagal, donde resultó condenado como autor material y penalmente
responsable del delito previsto en el artículo 119, 1º párrafo en relación con el 4º párrafo inciso b) y 145 del Código Penal de la Nación.
El Ministerio de Educación, por medio de la Resolución Ministerial Nº 514/2019, inició un sumario administrativo. El Departamento “Sumarios” de la entonces Dirección General de Personal, emitió Dictamen Nº 61/2019, por lo cual se aconsejó aplicar la sanción segregativa de cesantía.
El organismo señaló que el procedimiento sumarial llevado adelante no contiene vicio alguno que lo invalide ya que “el señor Romero contó con la posibilidad de presentar el pertinente descargo, en cumplimiente de las garantías constitucionales del derecho de defensa y el debido proceso”.
“Habiendo quedado suficientemente probadas las faltas que se le imputan al sumariado, la sanción expulsiva que se pretende aplicar resulta ajustada a derecho (…) cabe decir que el principio de proporcionalidad exige, en atención a la gravedad de la falta cometida y a la perturbación del servicio producido por ésta, que la sanción sea la máxima prevista por el ordenamiento jurídico, disponiéndose en consecuencia, su exoneración, sin perjuicio de lo aconsejado por el Departamento Sumarios de la entonces Dirección General de Personal“.
En virtud de los establecido por el Dictamen Nº 14/2020 de la Fiscalía de
Estado, “corresponde aplicar al señor Juan Manuel Romero, la sanción segregativa de exoneración”.