Télam/NA.- Los extranjeros no residentes en el país no podrán ingresar; de momento; hasta el 28 de febrero. según establece la Decisión Administrativa 44/2021 de Nación. Continuará la reducción de vuelos provenientes de Estados Unidos, México, Europa y Brasil. Puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso se mantendrá cerrado, “con el objeto de reducir las posibilidades de contagio de coronavirus”, reza el comunicado.
La Decisión Administrativa 44/2021 mantiene “el plazo establecido en el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 2.252/20, prorrogado por su similar 2/21 hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive”, dice el documento, estableciendo así “la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso, con el objeto de reducir las posibilidades de contagio (de coronavirus)”.
Mientras que la ANAC; Administración Nacional de Aviación; mantendrá la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto en relación a operaciones de transporte aéreo de pasajeros (sobre todo Reino Unido), la Dirección Nacional de Migraciones será el organismo que determine y habilite los pasos internacionales adecuados para el ingreso al país de nacionales o extranjeros residentes como de igual manera a extranjeros no residentes con parentesco directo con ciudadanos argentinos o residentes.
El egreso (salida) del país e individualización de los supuestos de excepción corre también por Migraciones. Las recomendaciones hacen hincapié en los adultos mayores; población de riesgo. “La salida y reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias (…) asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma”, recordando que no se podrá iniciar ningún viaje ante síntomas compatibles con la Covid-19, se deberá contar con un servicio de salud del viajero Covid en el exterior para cobertura y/o aislamiento, y denunciar lugares visitados los 14 días previos al reingreso a la Argentina, entre otros.