El lunes 2 por la tarde, la jueza federal Marta Liliana Snopek, del Tribunal Oral Federal 1, condenó a Viviana Fernández y Javier Navarreta por el delito de defraudación a la administración pública. Ambos ex funcionarios se aplicó la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La defensa había argumentado que el culpable era el Estado Nacional, porque los mecanismos de control no funcionaron.
Tanto Fernández como Navarreta llegaron a juicio acusados de haber gestionado y cobrado el IFE; Ingreso Familiar de Emergencia; beneficio destinado a las personas sin relación de dependencia y de escasos recursos. En el mismo, también Emilia Juárez (El Carril); otra ex gerente juzgada; fue absuelta por el beneficio de la duda. El fiscal federal Ricardo Toranzos, quien llevó adelante la investigación desde su inicio, solicitó una pena de 3 años de prisión condicional para Fernández (Orán) y Navarreta (Embarcación).
El fiscal fundamentó y requirió que se aplique a los dos ex gerentes la accesoria legal establecida para los casos en que los acusados son funcionarios públicos; es decir inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La jueza Snopek (tribunal unipersonal), coincidió con Toranzos y condenó a los dos exfuncionarios a la pena de tres años de prisión más la inhabilitación perpetua, circunstancias en que hizo resaltar el descreimiento que causó la conducta de los condenados en la sociedad con su accionar contrario a la ley.
Lo que también llamó la atención, y que la jueza rechazó de plano, fue la estrategia esgrimida por los representantes de la Defensa Pública, a cargo de Agustín Mogaburu y Ximena Colombres, quienes en sus alegatos justificaron las conductas de los tres acusados y culparon al Estado Nacional, o sea sus empleadores, porque los mecanismos de control no funcionaron.
Lejos de ello, el fiscal sostuvo que los acusados, al jurar en el cargo, tenían asumida la responsabilidad de regirse por el Código de Ética de la Función Pública, el cual, entre otros deberes, destaca la necesidad de los funcionarios de proteger los bienes del Estado Nacional. En el caso de Juárez, la jueza reconoció; en parte y probada la acción dolosa; que encontró dudas respecto a si la misma, al designar la manera de cobro del beneficio, dispuso de una cuenta bancaria, o bien le fue asignada automáticamente.
El IFE se estableció mediante el Decreto N° 511/20 de Nación en marzo de 2020 para compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias económicas de la cuarentena dispuesta por la emergencia sanitaria creada por el Coronavirus; COVID19. Originalmente sería un único bono de 10.000 pesos, pero se terminó abonando en tres oportunidades. (Nuevo Diario de Salta)