El Comité Operativo de Emergencia; COE; informó cuáles serán las actividades habilitadas y las nuevas flexibilizaciones que regirán en la Provincia, teniendo en cuenta la mejora de la situación epidemiológica de Covid-19. Las mismas tendrán vigencia desde mañana y hasta el jueves 14 de octubre, inclusive. Destaca, entre otras, que el barbijo será voluntario en su uso al aire libre, pero obligatorio en espacios cerrados.
Las medidas que se establecen para todo el territorio provincial son las siguientes:
– Uso de barbijos o tapa boca: Deja de ser obligatorio el uso de barbijo o tapaboca al aire libre. Será obligatorio en espacios cerrados como escuelas, supermercados, lugares bailables y gastronómicos, cines, teatros, transporte público, ámbito laboral, eventos masivos y en espacios abiertos compartidos
– Horario de circulación: eliminar las restricciones horarias de circulación en todo el territorio provincial
– Gastronomía y locales bailables: horario de funcionamiento será de acuerdo a la regulación municipal
– Capacidad en lugares cerrados y ventilados: máximo permitido del 70 por ciento de aforo en relación con la capacidad habilitada y no pudiendo superar las mil personas, cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, gastronómicas, culturales, artísticas, deportivas, religiosas y recreativas
– Capacidad en lugares al aire libre: en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil personas ni el 70 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar entre personas el distanciamiento
– Eventos Masivos de más de mil personas: lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y eventos sociales que prevean un aforo superior a mil personas, deberán funcionar al 70 por ciento de su capacidad y contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento (mail: cocscovid19@gmail.com); donde se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos. Se deberá garantizar que el 100 por ciento de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis)
– Gastronomía: 70 por ciento de aforo y los asistentes tienen que estar inoculados, al menos, con la primera dosis de la vacuna contra coronavirus
– Casinos y salas de juego: 70 por ciento de su capacidad y la totalidad de las personas que concurran deberán contar con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis)
– Locales bailables: 50 por ciento de aforo y no superar las mil personas. Para la prestación del servicio, deben adecuar sus instalaciones para el armado de burbujas, garantizando las condiciones de higiene y seguridad y el estricto cumplimiento de las pautas generales de comportamiento. Se deberá garantizar que el 100 por ciento de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra coronavirus (2 dosis).
– Salones de eventos: 70 por ciento de aforo y no deben superar las mil personas. Los asistentes deben contar con las dos dosis de la vacuna contra COVID-19 y respetar el protocolo específico
– Reuniones familiares y sociales en domicilio: En lugares cerrados el límite es de 20 personas y en espacios ubicados al aire libre de hasta 100 personas
– Público en eventos deportivos: 50 por ciento de su capacidad y el público asistente deben contar con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis)
– Gimnasios: 100 por ciento de su capacidad. Las personas que concurran deben haber sido inoculadas con, al menos, una dosis de la vacuna contra el coronavirus
– Catamaranes: 100 por ciento de su capacidad. Todos los pasajeros a bordo deben contar con el esquema completo de vacunación COVID-19