Cinco hombres, entre ellos un empleado municipal de La Rioja que fue a buscar droga en un vehículo oficial, recibieron penas de 3 a 6 años de prisión. En Salvador Mazza se había contratado a un camionero para el transporte de la carga. El caso se destaca por el uso de herramientas procesales como imputados colaboradores, agentes reveladores y entrega vigilada. Se había originado en una denuncia realizada bajo identidad reservada.
El Tribunal Oral Federal N°2 condenó el miércoles 8 de marzo a Maximiliano Rivero, Walter De Torre (La Rioja), Claudio Mercado y Luis Miguel Garro por el delito de transporte de estupefacientes agravado por la cantidad de intervinientes, a instancia de la acusación llevada adelante por el Área de casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, del fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos. La banda fue desarticulada en mayo de 2022, cuando otro implicado (también condenado en juicio abreviado), fue detenido en Salta con una carga de 34 kilos de marihuana y 2 de cocaína.
Los jueces Gabriela Catalano, Abel Fleming (presidente) y Domingo Batule impusieron penas de 6 años de prisión (Rivero), 4 años y 8 meses de prisión (De la Torre); y en ambos casos por ser considerados coautores. Mercado y Garro recibieron penas de tres años de prisión, por haberlos considerados partícipes secundarios en el hecho. En tanto, el 28 de junio de 2022, en juicio abreviado, había sido condenado el camionero a tres años de prisión por el mismo delito, en grado de partícipe secundario. La fiscalía acordó colaboración con éste (primero en ser detenido en el caso), clave para esclarecer el caso. El acuerdo fue homologado por la jueza federal de Garantías N°2, Mariela Giménez.
El caso estuvo a cargo del fiscal federal Toranzos y destacó el uso de herramientas procesales provistas por el Código Procesal Penal Federal, tanto para la investigación como para la resolución del conflicto. Toranzos resaltó el uso de dos acuerdos de colaboración, que fueron exitosos, para avanzar en la cadena del delito, hasta alcanzar a dos de los principales responsables (Rivero y De la Torre) quienes recibieron las penas más graves. El juicio comenzó el 22 de febrero, con la presentación del caso y detalles de la operación, el rol de cada uno de acusados y ratificación de la calificación legal por la que fueron requeridos.
Proveedor
Con el auxiliar fiscal Facundo Mirabella y el investigador Pablo Carraro, el fiscal probó con numerosos testigos y otras pruebas documentales la responsabilidad de De la Torre (empleado municipal de La Rioja), acusado de iniciar la operación al viajar hasta Aguas Blancas (Orán). De allí cruzó hacia el Estado Plurinacional de Bolivia, contactó con un proveedor de drogas, acordó el envío de marihuana a través de un camión; que llegaría primero a La Rioja; para después continuar hasta Mendoza, para otra descarga. El 26 de mayo de 2022, el conductor; contratado en Salvador Mazza; partió con los 34 kilos de marihuana y 2 kilos de cocaína, procedentes de Bolivia.
Sin embargo, ese mismo día y como resultado de una llamada anónima, la Unidad Especial de Drogas Peligrosas (Policía de Salta) interceptó el camión en la Ruta 5, a la altura de Luis Burela (Anta). El rodado, marca Volvo y con acoplado, fue revisado por canes antinarcóticos. El estupefaciente iba oculto entre placas de madera (tipo melamina) cerca de una puerta lateral.
Imputado colaborador, entrega vigilada y agentes reveladores
El chofer informó que había sido contratado por un hombre de nacionalidad boliviana, a su vez contactado por un amigo en común. De allí se estableció que se trataba del proveedor con quien De Torre acordó la compra de parte de la droga. La fiscalía solicitó al juzgado interviniente autorización para entrega vigilada de la droga; con dos policías bajo la figura de “agente revelador”. El chofer explicó la demora al proveedor; y los diálogos entre el proveedor y el empleado municipal pudieron así ser recolectados; siendo presentados como pruebas en el juicio.
De esta manera, se identificó a De Torre y, a través de este, a Garro y Mercado. Al arribar a La Rioja, el imputado colaborador acordó con el empleado municipal la entrega de la droga en una estación de servicio en Chumbicha. Allí fueron detenidos De Torre (en uso de un vehículo de la Municipalidad de La RIoja), Garro y Mercado. De Torre (quien decidió declarar como imputado colaborador), aportó datos que permitieron detener a Rivero; enviado por el proveedor para cobrar el pago.
El fiscal explicó que de los diálogos que mantenían los imputados había sospecha de trampa, ya que monitoreaba con GPS al camión; temor que se acrecentó por las horas en que el camionero no se reportó, cuando fue detenido en la Ruta 5.
Alegato fiscal
La fiscalía consideró a Rivero y De Torre en calidad de coautores, ya que; junto al proveedor; siempre tuvieron un amplio control de la droga, desde su ingreso y durante el traslado de Salta a La Rioja. Las pruebas reunidas; intervenciones telefónicas, la geolocalización de los teléfonos celulares de los acusados, la droga incautada y el testimonio del personal policial y los testigos civiles del caso; llevaron a descartar las estrategias defensivas por parte de ambos, que intentaron mostrarse como los eslabones más débiles de la operación y cargar responsabilidad al proveedor, de quien tampoco aportaron mucha información. Fueron vitales las llamadas desde que el camión salió de Salvador Mazza.
El Ministerio Público Fiscal rechazó también el argumento de De la Torre; quien dijo que el trato era solo por 1 kilo de marihuana, a repartir con Garro y Mercado; afirmando que todos tenía autorización de cultivo por parte del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). Se especificó que sólo De Torre estaba autorizado, pero se desacreditó que fuera para consumo personal, ya que dos de ellos poseían semillas e incluso una balanza (elementos utilizados para el fraccionamiento). Además, Rivero no quiso participar de la entrega de la droga por dudas ante la demora del camión. Incluso había sacado pasajes para regresar a Orán al otro día, implicando que De Torre se quedaba con todo el cargamento.
A Rivero se le secuestró el dinero pagado por la carga de marihuana, entre otras pruebas de peso expuestas en su contra. Garro y Mercado tenían conocimiento de la operación, aunque el rol que tuvieron fue secundario. El Tribunal coincidió con la fiscalía y celebró el uso de los acuerdos de colaboración y de las otras figuras procesales empleadas que permitieron establecer la responsabilidad de cada una de las personas llevadas a juicio. (Ministerio Público Fiscal de la Nación)