Por medio del decreto Nº 286, de la Secretaría General de la Gobernación, se promulgó la Ley Provincial 8.371 que obliga a los proveedores de bienes y servicios a efectuar todas las operaciones con tarjeta; sea débito o crédito; a la vista del usuario. Comercios adheridos al sistema de tarjetas deberán acondicionarse a la normativa dentro de los siguientes 90 días.
La provincia de Salta adhiere con esta norma a la Ley Nacional 25.065, de Tarjetas de Crédito (Capítulo II), quedando como autoridad de aplicación la Secretaría de Defensa del Consumidor (ó el organismo que en el futuro la reemplace), área que deberá realizar campaña de concientización, información y capacitación respecto al uso de las tarjetas. La nueva ley fue aprobada en la Legislatura Provincial el 30 de marzo de este año.
Para realizar una operación comercial, ahora quien provea servicios o en caso de comercios adheridos al sistema, deberá pedir al titular de la tarjeta que ésta sea exhibida de tal manera que pueda constatar datos y firma con los del DNI de quien se identifica como titular del plástico. Es decir, ningún otra persona fuera del titular de la tarjeta podrá manipularla o tocarla.
Proveedores y comerciantes disponen de un plazo de 90 días (tres meses) para acondicionar sus dispositivos de
cobro electrónico a la nueva ley; compuesta por siete artículos. El incumplimiento desembocará en sanciones previstas en la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor y en la Ley Provincial 7.402, agrega el decreto. El objetivo es prevenir hechos de fraude a través del robo de los datos de las tarjetas y protección para el usuario de parte del estado provincial.