Hoy martes se llevó a cabo el acto alusivo a la fecha ante el busto a la memoria del Gral. Manuel Belgrano, prócer y creador de la Bandera Nacional. A las autoridades legislativas acompañaron los abanderados escolares y directivos de instituciones públicas y privadas.
El rostro de Manuel Belgrano, reconstruido digitalmente, se presentó en 2020; año del Bicentenario de la Bandera; trabajo que estuvo a cargo del artista Ramiro Ghigliazza (Morón – Buenos Aires), quien ya anteriormente había presentado los rasgos de San Martín en mismo trabajo. En el caso de Belgrano, la sorpresa fueron el color de los ojos y el pelo del prócer, contrarios a los expuestos en el realizado en Londres (1815) por el artista francés Francois Casimir Carbonnier, para quien posó durante su misión diplomática en la capital inglesa; cuadro que actualmente se conserva en el Museo Municipal de Artes Plásticas Dámaso Arce de Olavarría y es la imagen más conocida del creador de la Bandera.
La Bandera Oficial de la Nación tiene sus colores distribuidos en tres fajas horizontales, dos celestes y una blanca en el medio, en cuyo centro exhibe un sol en color oro de treinta y dos rayos flamígeros y rectos alternados, que reproduce el que fuera grabado en la primera moneda argentina. En 1938, el Congreso Nacional sancionó la Ley 12.361 fijando el 20 de Junio como Día de la Bandera; y con motivo del Bicentenario de la Revolución de Mayo, el Decreto 1650/2010 estableció medidas, características de la tela, colores y accesorios, es decir, parámetros a los que debe adecuarse todo ejemplar de uso oficial. El Decreto 1584/2010 estableció el carácter “inamovible” al feriado del 20 de Junio en memoria al paso a la inmortalidad del General Belgrano.
La Bandera fue creada por Belgrano el 27 de febrero de 1812, en el poblado de la Capilla del Rosario (Pago de los Arroyos) hoy ciudad de Rosario (Santa Fe). Fue consagrada con los mismos colores “celeste y blanco” por el Congreso de Tucumán (20 de julio de 1816), por iniciativa del diputado Juan José Paso, y ratificada por el mismo cuerpo en Buenos Aires (25 de febrero de 1818), incorporando el sol incaico en la franja blanca central. Por último, la Ley Nacional 11.179 (Código Penal Argentino) en su artículo 222 establecen las penas por ultrajar (quemar, romper, escribir sobre ella o colocar otros elementos, arrastrar por suelo o pavimento, usar de capa, ensuciarla) a la Bandera Nacional al momento de su uso, sobre todo la oficial con el sol en el centro.