El juez federal Hugo Greca tomó a su cargo la investigación penal del accidente en que fallecieron cuatro militares. La Fiscalía federal había dictaminado que, aunque se tratara de fuerzas de seguridad de la Nación, el caso era de competencia provincial; pero el magistrado declaró inadmisible esa posición. Entre los decesos había dos miembros del Ejército, oriundos del norte salteño.
En el fallo, el juez Greca (Tribunal Oral Federal de General Roca), analizó que el accidente ocurrió en una ruta provincial (Ruta 62 – San Martín de los Andes), por lo que en el momento la fiscal federal había pedido “que de momento se declare la incompetencia para continuar con la presente investigación y remitirla ante la Unidad Fiscal de la IV circunscripción San Martín de los Andes del Poder Judicial del Neuquén, a cargo de María Inés Gerez (fiscal provincial)”.
“Conforme surge de las constancias de autos, se advierte que, si bien las personas que fueron víctimas del hecho investigado forman parte del Ejército Argentino, y que se transportaban en una misión de trabajo lo cierto es que resulta prematuro determinar con las constancias de la causa la afectación al buen servicio del Estado Nacional y a los intereses de éste, elementos que resultan imprescindibles para determinar que el hecho objeto de autos amerite la intervención de la Justicia Federal”, señala el dictamen. Pero el juez Greca entendió que es prematuro desprenderse de la causa, aunque una fiscal y un juez de la provincia de Neuquén también investigan el hecho y las posibles responsabilidades penales.
“El referido dictamen no ofrece en verdad un razonamiento lógico correcto, ni jurídicamente aceptable. En efecto, tres son los criterios para determinar si media materia federal en el presente según art. 3° de la ley 48, y art. 33 inc. c del CPPN: 1. hechos (delitos) cometidos en territorio de las provincias en violación de las leyes nacionales, (…) aquellos que ofendan la seguridad de la Nación, 2. tiendan a la defraudación de sus rentas, 3. obstruyan o corrompan el buen servicio de sus empleados”, decía el fallo.
“La jurisdicción federal es privativa, exclusiva y no subsidiaria, si es que hace falta afirmarlo”, resaltaba y agregó: “nada altera lo descripto el hecho de que paralelamente la justicia neuquina hubiera por su lado iniciado las actuaciones que entendía procedentes según su criterio; parecería entender la funcionaria del Ministerio Público Fiscal que el hecho de que intervenga una jurisdicción provincial vuelve
prematura la intervención federal; esto es realmente inaceptable al violentar directamente la naturaleza de la competencia federal arriba desarrollada”, continúa.
Por ello, la causa continuará en el ámbito federal, salvo que, en una apelación, un juez superior determine lo contrario. La fiscal Gerez (Ministerio Público Fiscal de Neuquén) estaba al frente de la investigación desde el primer momento del accidente, acompañada por representantes del Ministerio Público Fiscal de San Martín de los Andes, junto con el fiscal jefe Fernando Fuentes. (Diario Rio Negro)