Por resolución N°1.690/23, el Ente Regulador de Servicios Públicos ordenó efectuar auditorías en obras encaradas por la prestataria Edesa; requisito establecido para el último aumento de tarifas en la provincia. De igual manera, se intimó a la firma a cumplir con la deuda por compra de energía a Cammesa; cifra que supera los 7.300 millones de pesos sólo en tres meses de este 2023.
En Ente se remite a los expedientes 267-57.874/23 (Auditoría de Facturación del Servicio de Energía Eléctrica – Diciembre/22 – Departamento Orán y San Martín), y 267-60.071/23 (Compensación por Situación Tarifaria, las Leyes N° 6.835 y 5.348 – Contrato de Concesión de Edesa SA, las Leyes Nº 7.125 de Emergencia económica y Financiera y 6583 de Reforma Administrativa del Estado y Emergencia Económica – prorrogadas por ley Nº 8.364-; el Acta de Directorio N° 57/23).
La empresa argumentó una “supuesta existencia” relacionada a “compensación por desfasajes económicos que se corresponden con los últimos procesos inflacionarios que afectan a la economía del país”, detalla la resolución. En el primer expediente, Edesa se refiere a la intimación del Ente para regularizar la deuda con Cammesa (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico); actualmente 4.601.143.202 pesos y exigible al 11 de Octubre/23. Se arguyó “grave crisis del sinalagma contractual de la concesión en virtud de la falta de pago de los subsidios otorgados por Provincia a los usuarios del servicio y cuyo impacto venía sosteniendo a expensas de la tarifa reconocida, lo que a su entender se tradujo en retrasos de inversiones de obras y mora en la cancelación de las obligaciones para con Cammesa”.
Edesa argumentó que por la falta de pago de las compensaciones provinciales no se había podido regularizar los pagos con la empresa nacional. En el mismo orden, el Ente reconoció a la empresa 904.388.197 pesos en concepto de subsidios derivados de la aplicación de dos decretos (N°38/23 y N°50/23) y resoluciones del organismo (N°32/23 y N°192/23) por las bonificaciones de zonas cálidas y las reducciones tarifarias aplicadas, más los intereses no aplicados.
Además, por Resolución Enresp 615/22 se aprobó implementar compensaciones económicas a usuarios amparados por Resoluciones SEN (Secretaría de Energía de la Nación) 40/21 y 371/21 (Mayo/22) y por 409.647.736 pesos; sumado que por resolución ENRESP 1.785/22 avalaron las rendiciones de cuentas de Edesa referidas a los créditos reconocidos por la Secretaría de Energía de la Nación (Cláusula Segunda, incisos c y d – Acta Acuerdo), firmada entre la Secretaría de Energía de Nación, Edesa SA y Enresp.
Otro argumento del Enresp es la resolución 1.219/23, que da por concluida la Campaña de Medición de Curva de Demanda de Energía y Potencia de los usuarios del Servicio de Energía Eléctrica, autorizada por Resolución 1.800/21 e implementada entre Abril/22 y Agosto/23, realizada con medidores inteligentes comprados con fondos del convenio de regularización de deudas firmado con la empresa y la Secretaría de Energía de Nación; por lo que el organismo de control comprende que no es responsable de “incumplimiento contractual o legal alguno, ni atribuírsele la puesta en riesgo de la regularidad del cumplimiento del servicio a cargo de la distribuidora (Edesa)”.
Contraargumenta también con la resolución 1.336/22, fechada el 17 de Octubre/22, cuando se intimó a Edesa a cumplir con los pagos relacionados con la compra de energía y potencia de Cammesa “y en estricta correspondencia con los períodos devengados, evitando cualquier compromiso financiero para la Provincia de Salta, bajo apercibimiento legal”, documento firmado y consentido por las partes.
Los considerandos exponen que Edesa se limitó a cumplir con los convenios de financiación por resolución SEN N°40/21 y modificatorias, pero no pagó los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre/23, adeudando a la fecha 7.324.593.630 pesos; informó Cammesa en carta documento ingresada el 28 de noviembre/23 a la distribuidora (aportado por la misma empresa). “No puede sino concluirse que ha incumplido gravemente las obligaciones derivadas del contrato de concesión y lo ordenado mediante la Resolución ENRESP N°1.336/22, por lo que resulta imperativo iniciar un procedimiento de aplicación de sanciones”, resalta el Ente.
En esa línea de irregularidades, la Gerencia de Energía Eléctrica del Ente comunicó que no se cumplieron con los Planes de Inversión Obligatoria (PIO) de 2019, 2020, 2021 y 2022, evidenciando una inercia de retracción de inversiones creciente (condición establecida para autorizar aumentos tarifarios); de allí la decisión que las áreas gerenciales Económica y Energía Eléctrica del Ente auditen el estado de obras y los saldos pendientes de inversión y disponer lo pertinente.
“No pasa desapercibida la insinuación (…) de que no podría garantizar la prestación del servicio en caso de que no se reconociera la inexistente deuda, o que no se procuraran recursos para sanear el estado de morosidad para con Cammesa, (…) no existen elementos que habiliten a la invocación de una excepción de incumplimiento contractual que sitúe como culpable al Estado Provincial que es el concedente del Servicio, ni a este Ente Regulador de los Servicios Públicos”, avanza el texto y reitera la deuda de Edesa con la compañía nacional.
Por el lado del Ente, la Gerencia Económica informa que el total de la deuda (exigible y no exigible), al 11 de Octubre/23 por planes de pago y posiciones mensuales, es de 31.087.772.084 pesos (capital e intereses incluidos).
Acogiéndose al artículo 4 de la Resolución Enresp 616/22, el organismo intima a Edesa a subsanar su deuda ante el riesgo de afectar gravemente la prestación de los servicios regulados, y rechazan los pedidos de compensación y le otorgan 10 días previo al cierre de 2023) acredite el cumplimiento de los pagos a Cammesa períodos Septiembre, Octubre y Noviembre/23; caso contrario se aplicarán sanciones por infracción al citado artículo y resolución. Las gerencias, en tanto, auditarán el cumplimiento de planes de inversión obligatoria correspondiente a los períodos 2020 a 2023, cuyas conclusiones deberán ser elevadas al Directorio del Ente en 30 días.