Fechado el 30 de mayo de esta año, el Ente Regulador aprobó mediante resolución 608/24 la implementación de un subsidio tarifario para el sector maderero. El descuento equivalente al 50 por ciento de las diferencias en la contratación de potencia producidas entre las facturas de Enero y Abril de ste año. El costo será asumido por el Estado Provincial y tendrá duración por un año.
La normativa del Ente dispone implementar así un subsidio tarifario que será asumido por Provincia (Art. 132, inc. e – Ley 6.819 “Marco Regulatorio Eléctrico de Salta”) para atender la situación planteada por el sector maderero que desarrolla actividades de aserrado de rollizo y preparado en tablas (aserraderos), como usuarios de Edesa SA. El monto contemplará descuento equivalente al 50 por ciento “de las diferencias en la contratación de potencia producidas entre las facturas del mes de Enero/24 y Abril/24”, reza el texto; y en caso de cambio de categoría o de demanda de potencia, el beneficio se establecerá sobre la relación entre los períodos antedichos correspondientes al nuevo encuadramiento.
Para acceder al subsidio, deberán presentar solicitud de cobertura ante el Enresp, petición que será analizada y considerada en carácter de “Declaración Jurada” la actividad de “aserradero de rollo y preparado de tablas”. De esta manera, de continuar el beneficio, el Ente relevará anualmente la continuidad de la actividad, encontrándose facultada a realizar verificaciones aleatorias que considere necesario. Los beneficiarios, a su vez, deberán ser asesorados por Edesa respecto de la categoría tarifaria más adecuada a la actividad comercial, para evitar encuadramientos tarifarios superiores a lo necesario y/o técnicamente inferior a propio del sector.
En caso de desviaciones, el Ente podrá intimar a adecuar la utilización del servicio a la categoría contratada y/o reconvenir la categoría a los requerimientos del servicio eléctrico. Por su lado, Edesa se abstendrá de imponer limitaciones respecto del período mínimo de permanencia en cada categoría tarifaria, procediendo a la re-categorización correspondiente. El padrón de beneficiarios quedará a cargo de la Asociación de Productores Foresto Industriales y Comerciales de la Provincia de Salta (Aproficsa – Pers. Nro. 289-03), tanto confección como remisión al Ente. El subsidio inciará vigencia desde el 1 de mayo de 2024 y por el término de un año, cuya concesión podrá readecuarse en base a nuevas revisiones y/o actualizaciones de tarifas.