Por medio de la resolución 1057/24, fechada al 7 de agosto, el Ente Regulador dispuso rechazar el pedido de actualización del 21.3 por ciento pedida por la empresa prestadora del servicio de energía domiciliaria y además, establece que la incidencia por lo determinado en la resolución 192/24 de la Secretaría de Energía de la Nación, sea del 4.65 por ciento. En lo que respecta al periodo 2024, la actualizaciones del VAD serán graduales y trimestrales, con el IPC como límite mensual.
La información surge ante la inquietud por nuevos aumentos y por la fecha límite para realizar el trámite del RASE. Sobre la resolución del 7 de agosto, es en el artículo 8° que se ordena “postergar el tratamiento de las actualizaciones tarifarias del Valor Agregado de Distribución” que pidió Edesa para el segundo trimestre del año; es decir, el 21.8 por ciento. En el artículo 9 se aprueba, “bajo responsabilidad de las políticas tarifarias dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y la Secretaría de Energía de la Nación, los cuadros tarifarios (…) para el periodo comprendido entre el 1° de agosto y el 31 de octubre de 2024“, detalla. En el artículo 11, se ratifica la vigencia del Régimen de Tarifa Social, Tarifa Social Residencial Segmento 1 y Tarifa Social Residencial Segmento 2.
Primeramente, en el artículo 4° se dispuso la apertura del proceso de renegociación del acta acuerdo firmada el 31 de enero de este año entre el Enresp y Edesa SA, que fijaba un plazo de 10 días paraque la empresa ratificara los términos o presentara una reformulación. En el siguiente artículo se abordaba la calidad del servicio, infraestructura y las inversiones que debe de reformular Edesa, priorizando las zonas más afectadas, como de igual manera, se otorgaron 20 días de plazo para que la empresa detalle las obras realizadas hasta el momento y las que restan.
Otro punto (6°) refiere a la reformulación de las inversiones comprometidas en un plazo no mayor a 20 días sobre el Plan de Obras Extraordinarias (Resolución Enresp 150/24), presentando un nuevo plan con idéntico monto de financiamiento que contemple el informe de situación de abastecimiento del Mercado Eléctrico Mayorista elaborado por CAMMESA. En el punto 7° se decide complementar la actualización tarifaria del primer trimestre con una recomposición del 7.47 por ciento (incremento en la tarifa) por el aumento de costos, en base al coeficiente de variación del “Índice de Precios al Consumidor” (IPC) que publica el INDEC, quedando:
– Febrero/24: 3.34 por ciento
– Marzo/24: 4.13 por ciento