Diario Conclusión.- La Sala II de la Cámara Nacional de la Seguridad Social resolvió rechazar la apelación interpuesta por el Ministerio de Desarrollo Social contra una medida cautelar que ordenaba restablecer las pensiones por invalidez, después de que en marzo pasado más de 170 mil personas fueran privadas de ese beneficio.
En la sentencia, los jueces Nora Carmen Dorado y Luis René Herrero aseguraron que por tratarse de “derechos alimentarios e irrenunciables” de las personas con discapacidad esas pensiones deben ser restituidas.
La medida incluye a todos los afectados a nivel nacional cuyas prestaciones hayan sido “dadas de baja o suspendidas, sin mediar resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso”.
El debido proceso implica para los magistrados “el derecho a ser oído, ofrecer y producir prueba y obtener una decisión fundada”.
Los jueces consideraron que la suspensión de las pensiones “vulnera derechos a la vida autónoma, la salud, la vivienda, la educación y la dignidad inherente a la persona humana”.
El Gobierno nacional dio de baja unas 170.000 pensiones por invalidez valiéndose del endurecimiento de las condiciones para acceder a ese beneficio.
Guillermo Badino, el ex titular de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales (CNPA), afirmó en su momento que una persona con cierto grado de discapacidad, como alguien con síndrome de down, “puede trabajar si lo desea o quizás le pueda caber la Asignación Universal por Hijo”.
“Dimos de baja pensiones a personas que no son inválidos totales y permanentes, sino que tienen cierto grado de discapacidad. Una persona con síndrome de down no es sujeto de derecho de esta pensión”, señaló.
En septiembre de este año la jueza Federal Adriana Cammarata dictó una medida cautelar para exigirle al gobierno la inmediata restitución de todas las prestaciones dadas de baja desde enero de 2016 sin que mediara “resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso”.
En ese entonces la Justicia falló a favor de un amparo de alcance nacional presentado por la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI).
La magistrada inició una causa federal colectiva con el objetivo de unificar todos los reclamos individuales en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de manera de evitar que hubiera resoluciones con diferentes criterios según las jurisdicciones.
En octubre la cartera que conduce Carolina Stanley fue intimada a que en un plazo máximo de diez días cumpla con la cautelar que ordena restablecer las pensiones suspendidas o eliminadas.
Hasta el momento el Ministerio devolvió apenas 10 mil prestaciones aproximadamente.
En el fallo de Cammarata se incluyeron también aquellas coberturas que el Gobierno decidió eliminar en los casos en que los beneficiarios no se hubieran presentado a recibirlas en los últimos tres meses, sin considerar que esas ausencias podían deberse justamente a los mismos problemas de salud por los cuales se recibían las asignaciones.