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Convención Constituyente Tartagal: por mayoría, se otorgan 10 días de ausencia sin justificación al Intendente

por FM Alba
diciembre 5, 2025
Tiempo de lectura: 2 mins read
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Convención Constituyente de Tartagal: juraron los convencionales y autoridades
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En la sesión de ayer jueves 4 de diciembre, la Convención Constituyente aprobó modificar el texto del artículo 37 de la Carta Orgánica; que originalmente establece 5 días hábiles máximo como ausencia del Intendente Municipal de la ciudad y la región sin autorización del Concejo Deliberante; elevándolo a 10 días.

El expediente, ingresado bajo N° 29/2025, aborda el artículo 37 (Capítulo Tercero: Departamento Ejecutivo) de la Carta Orgánica, que originalmente establece que el jefe comunal “no podrá ausentarse del Municipio por más de 5 días sin autorización del Concejo Deliberante”. El tratamiento se dio en un cuarto intermedio, luego de un cruce de palabras entre las convencionales Mirta Miller (quien proponía quitar “hábiles” como acompañamiento a “días”) y Victoria Bonillo; convocado para abordar en plenario el expediente. Con el acompañamiento de 10 convencionales, finalmente se aprobó la modificación y pasó a comisión redactora.

La convencional Victoria Bonillo había presentado un dictamen proponiendo que se ausentara 5 días hábiles y a partir del día 6 colocarse a consideración del Concejo; remarcando que gobernadores y Presidente, de ausentarse por mayor cantidad de días, se hace bajo conocimiento de motivos, itinerario y agenda. En Salta, el artículo 143 de la modificada Constitución Provincial, establece que el Gobernador no podrá ausentarse de la Capital ni de la provincia por más de 30 días corridos sin permiso de la Legislatura.

Para Bonillo, el que la convencional Miller ingresara un dictamen de comisión de Órganos Municipal, de Gobierno y Control (de manera particular, no en comisión y sin acta labrada) para tratamiento, fue lo que la llevó a detener la sesión; ya que Tartagal sólo tiene dos autoridades legítimas. “La única persona legítima para dirigir un municipio cuando no está el Intendente es el presidente del Concejo Deliberante, nadie más. Ni un secretario de gobierno, ni un jefe de gabinete, porque no fueron elegidos con el voto del pueblo”, recordó.




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