Ante las frecuentes consultas sobre la legalidad de multas y clausuras emitidas por la Municipalidad de Tartagal a pequeños comerciantes y nuevos emprendimientos; recordamos que está vigente un régimen de habilitación provisoria diseñado específicamente para pequeños comerciantes, kiosqueros y vendedores ambulantes promulgada en 2002.
Aquí te explicamos, paso a paso, lo que necesitas saber para formalizar tu emprendimiento siguiendo la Ordenanza Nº 223/02:
– ¿Quiénes pueden acceder?
El beneficio está destinado a personas que inicien una actividad comercial minorista como su principal salida laboral.
* Requisito clave: Debes acreditar residencia en el municipio de Tartagal para evitar la competencia desleal de vendedores foráneos.
* Exclusiones: No podrán solicitar este beneficio quienes ya posean otros negocios habilitados, ni aquellos que deseen instalar comercios mayoristas o matarifes.
– El beneficio de la eximición
Al solicitar el Permiso Provisorio, el contribuyente queda exento del pago de la tasa municipal por un término de 90 días:
* La solicitud de este permiso es sin cargo.
* El permiso puede ser renovado por única vez, aunque esto requiere un informe socio-ambiental previo realizado por la Secretaría de Acción Social Municipal.

Es fundamental resaltar el alcance social de esta medida, tal como lo expresa el texto oficial:
“Quedan comprendidos en los alcances de la presente Ordenanza, todas aquellas personas que soliciten la habilitación provisoria y la eximición de la tasa municipal… para la instalación de pequeños comercios minoristas, kiosqueros y vendedores ambulantes, que inicien esta actividad como salida laboral y único medio de vida.”
Pasos y obligaciones
1.Trámite inicial: Dirígete a la Dirección de Rentas, que actúa como órgano de aplicación y recepción de solicitudes.
2. Higiene alimentaria: Si vendes alimentos, el permiso no te exime de cumplir con las normas de la Dirección de Bromatología.
3. Compromiso final: Al finalizar el plazo del permiso provisorio, estás obligado a realizar todos los trámites definitivos de apertura y abonar los sellados correspondientes.
Esta reglamentación fue ratificada por el Concejo Deliberante de Tartagal mediante Ordenanza Nº 263/02, la cual rechazó observaciones anteriores e insistió en la aprobación de estos beneficios para la comunidad.
El compromiso final
Es importante recordar que este permiso es temporal. Una vez finalizado el plazo del Permiso Provisorio (y su eventual prórroga), el comerciante está obligado a formalizar la apertura definitiva del local. Esto incluye realizar todos los trámites correspondientes y abonar los sellados y derechos que la normativa general exige.



