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Margarita Rauch: “Es volver para atrás en lo avanzado y fiscalía debe volver a realizar presentación”

por FM Alba
mayo 22, 2026
Tiempo de lectura: 3 mins read
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Margarita Rauch: “Es volver para atrás en lo avanzado y fiscalía debe volver a realizar presentación”

»Margarita Rauch (Imagen de archivo)

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El juez de Garantías de 1° Nominación de Tartagal, Marcelo Alvarado, apartó a la abogada de Margarita Rauch, concejal de Tartagal, y declaró “nula” la requisitoria fiscal contra el también concejal Armando Leguizamón y José Romero, en una denuncia por violencia de género radicada en abril de 2025. La decisión del magistrado fue cuestionada por dejar a Rauch sin posibilidad de continuar la acción judicial y por configurar un caso de revictimización institucional.

“El primer hecho sucede el 9 de abril de 2025, en la primera sesión que preside (Armando) Leguizamón como presidente del Concejo Deliberante, con José Romero como secretario legislativo“, recordó Rauch. En un momento, con micrófonos abiertos, se escucha una indicación violenta por parte de Romero a Leguizamón sobre cómo debía proseguir en trato hacia la edil; del bloque opositor. “La jueza (Susana) Menéndez actuó rápido (…) en mayo nos da indicaciones sobre cómo proseguir”, recordó. Sin embargo, “lástima que las sesiones públicas se han borrado (…) se puede observar que la violencia nunca ha dejado de utilizarse, de manera pública”, declaró.

En la audiencia, el juez Alvarado estimó que la fiscal no realizó un debido detalle sobre “derechos monoscabados” para justificar una denuncia por violencia política de género, amparada en la Ley 26.485 (art. 5° inc. 6). Al priorizar este aspecto procesal (validez de la representación legal), afectó la continuidad de la causa; sumando que en 2025, el Juzgado de Violencia Familiar y de Género de Tartagal dispuso prohibiciones de actos de violencia en el recinto (que no se cumplieron) y la obligación de presentar el certificado de la Ley Micaela, que los acusados tampoco cumplieron.

La abogada de Rauch, cabe destacar, no pudo asistir por motivos de salud y delegó la representación en una colega con matrícula habilitada, invocando personería de urgencia; razón que objetó la defensa y que llevó al juez a desestimar la querella, resolución que configura un caso de revictimización secundaria y ejemplo de violencia institucional, al obstaculizar el acceso efectivo a la justicia de una mujer víctima de violencia política.

La decisión del juez no significa que Leguizamón y Romero queden plenamente libres de la acusación; pero sí, para Rauch, significa empezar de nuevo con la presentación. “Seguiré con la parte de continuar con las acciones que corresponden”, afirmó la edil, repasando cuestiones que resaltan violencia de género en el propio Concejo más allá de la diferencia de los bloques políticos. “Hay seis baños para el personal masculino y dos baños para las mujeres, que son mayoría en el recinto (…) somos dos las concejales mujeres, de un total de 11 (…) falta avanzar un montón, porque hay muchas que no pueden alzar la voz y yo que tengo micrófono lo voy a hacer”, enfatizó.

Leguizamón y Romero, que incumplieron sistemáticamente las medidas judiciales dictadas, fueron imputados por el Ministerio Público Fiscal por “desobediencia judicial” (artículo 239 del Código Penal); fundamentado tanto en la falta de presentación del certificado exigido por la Ley Micaela como en la persistencia de actos de violencia política de género. La decisión del juez Alvarado fueron ampliamente criticadas por dejar sin representación a Rauch en la causa por violencia política e institucional.




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