La Subsecretaría de Trabajo confirmó que la celebración del Día del Empleado de Comercio, instituido por Ley Nacional N° 26.541 para el 26 de septiembre, se trasladará al lunes 28 de septiembre. Dicha jornada será de descanso y no concurrencia a prestar labores para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y convenios complementarios.
La Subsecretaría de Trabajo informó así que, tras acuerdo con las Cámaras Empresariales (CAC, CAME y UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), el Día del Empleado de Comercio (Ley Nacional N° 26.541) se mueve del sábado 26 al lunes 28, medida adoptada en base a lo convenido a nivel nacional entre las Cámaras Empresariales y la FAECYS.
Formalizada a través firmas con representantes empresarios de la actividad mercantil, las actas fueron presentadas por el Sindicato de Empleados de Comercio de la Ciudad de Salta (S.E.C.), a su vez representado por César Guerrero (Secretario General) y Ángel Ortiz (Secretario de Asuntos Gremiales).
La Subsecretaría de Trabajo concluyó que los acuerdos no afectan principios laborales ni vulneran normas de orden público laboral, de manera que las empresas están obligadas a cumplir la normativa laboral vigente, sea legal o convencional; entre las cuales figuran corralones y afines, Chango Más, Cetrogar y On City.



