La Unidad Fiscal pidió anular la decisión del Tribunal de Juicio por considerar que tiene un fundamento aparente y contradictorio sobre el cómputo de la prisión preventiva, cuestionando que el oficio que liberaba al ex juez se enviara a las autoridades policiales en la noche del lunes 26 de octubre, sin que el Ministerio Público Fiscal hubiera sido notificado.
La Unidad Fiscal de Orán pidió anular la resolución judicial que ordena liberar al exjuez Claudio Alejandro Parisi, al considerar que presenta un fundamento aparente y contradictorio. Señalan que el Tribunal confunde prisión preventiva con el arresto domiciliario, cuando el artículo 382 del Código Procesal Penal (CPP), vigente en el Distrito, dice claramente que se trata de medidas de distinta naturaleza y que la segunda solo puede concederse en sustitución de la primera.
El 19 de mayo de este año, la jueza Norma Roxana Palomo había resuelto otorgar prisión preventiva a Parisi, en vez de arresto domiciliario, decisión posteriormente confirmada por la Sala III del Tribunal de Impugnación. Pero, al ordenar la libertad del imputado, los integrantes del Tribunal de Juicio no estuvieron de acuerdo con la interpretación que atribuyeron a la magistrada anterior.
En su resolución señalaron textualmente: “Pese a lo sostenido por la Dra. Palomo, para quien el arresto domiciliario no constituye una modalidad de encierro sino una modalidad de libertad, para este Tribunal y cierta opinión de doctrina el arresto domiciliario NO HACE CESAR LA PRISIÓN PREVENTIVA”.
Los fiscales impugnaron que la falta de juicio se considerara por los jueces como una de las razones para otorgar libertad al imputado, resaltando que esta demora es culpa del tribunal; lo que llevó a que el Ministerio Fiscal presentara prontos despachos en Abril y Septiembre de éste año, sin respuesta alguna, lo que derivó en que recurran a la Corte de Justicia con un recurso de Queja.
Una semana después de recurrir a la Corte exponiendo la injustificable demora, se conoce la sentencia que dispuso la libertad de Claudio Parisi.
En la causa ya fueron condenados el abogado Roberto Ortega Serrano como autor del delito de cohecho activo agravado, y el exsecretario letrado del Juzgado, Maximiliano Correa, como partícipe Secundario de cohecho pasivo agravado. Los fiscales recordaron que, en otros expedientes tramitados en el Distrito Judicial de Orán hay demoras irrazonables para llegar a juicio, como en el caso del imputado José Dimas Ruiz (robo a la empresa Abra de Sol), actualmente detenido en una causa federal por lavado de activos. (Ministerio Público Fiscal de Salta)



