En el Boletín de Asuntos Entrados para la sesión de este jueves 9 de abril del Senado de Salta figuran listados tres expedientes relacionados con Carta Orgánica; San José de Metán, Campo Quijano y Tartagal. Los proyectos fueron remitidos desde la Cámara de Diputados y fueron girados a la Comisión de Legislación General del Trabajo y Régimen Previsional.
La pasada semana, Diputados de Salta analizó el proyecto de reforma parcial de la Carta Orgánica del municipio de Tartagal y con algunos cambios, se envió el documento de Ley en Revisión bajo Expediente N° 91-53.581/26 al Senado para su abordaje; mismo que se concretará este jueves 9 de abril.
Entre las modificaciones que planteó Diputados figuraron los ítems Tribunal de Faltas, Tribunal de Cuentas y correciones en la redacción. El proyecto enviado por la Convención Constituyente de Tartagal abarcaba 33 artículos, con el fin de actualizar y compatibilizar la actual ley municipal con la reformada Constitución de Salta y la Constitución Nacional.
De las modificaciones más importantes, comparando entre la actual Carta Orgánica y una posible versión reformada, el esquema quedaría así:
| Tema | Carta Orgánica Actual | Carta Orgánica reformada |
| Re Elecciones | Basada en la Constitución Salteña de 1986, que no limitaba el mandato de autoridades provinciales y municipales | Se restringen las re elecciones, en línea con la reforma Constitucional de 2021, evitando dinastías en el gobierno municipal |
| Ausencia del Intendente Municipal | El Intendente Municipal puede ausentarse un máximo de 5 días habiles, plazo tras el cual asume funciones interinas el Presidente del Concejo Deliberante | El Intendente Municipal podrá ausentarse un máximo de 15 días hábiles, plazo durante el cual el Secretario de Gobierno asume funciones administrativas. Finalizado el plazo, asume interinamente el Presidente del Concejo Deliberante. |
| Jefe de Gabinete Municipal | No existe el cargo en la Estructura Municipal | Se incorpora el cargo con funciones de coordinación administrativa y política interna, junto al Intendente. |
| Apertura de sesiones del Concejo Deliberante | El año legislativo inicia el 1 de abril de cada año. Es el municipio cabecera del departamento San Martín y el último en comenzar a trabajar. | Se fija el 1 de febrero como fecha de inicio de las Sesiones Ordinarias, ampliando el tiempo de labor legislativa comunal |
| Mandato del Presidente del Concejo Deliberante | El mandato del Presidente, Vice Presidente 1° y Vice Presidente 2° del Concejo Deliberante dura 1 año | Se establece un tiempo de mandato de dos años para el Presidente, Vice Presidente 1° y Vice Presidente 2° |
| Publicidad de Actos Oficiales | La publicación de documentos ofiicales no está regulada de manera uniforme. La figura del Boletín Oficial está establecida, pero no obliga a cumplirla | Se establece la obligación de publicitar todos los actos oficiales en el Boletín Oficial Municipal, garantizando transparencia |
| Compatibilidad con la Constitución Provincial | Artículos de 36 años que no armonizaban con la reforma Constitucional de 2021 | Se adecúa la Carta Orgánica con la reformada Constitución de Salta, para mayor coherencia |



