El Ministerio de Economía y Servicios Públicos informó que Salta se incorporó al sistema de monotributo unificado mediante un acuerdo, suscripto entre la Dirección General de Rentas; DGR; y la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP. A partir del primero de marzo, los monotributistas con domicilio fiscal en la provincia, tendrán unificado el pago de la cuota del monotributo y del impuesto a las actividades económicas.
Desde el 1 de Marzo, los monotributistas con domicilio fiscal en la provincia tendrán unificado el pago de la cuota del monotributo y del impuesto a las actividades económicas. Dentro del sistema quedarán 51.055 contribuyentes en forma automática, de los cuales 12.287 no registraban inscripción local.
El contribuyente hoy inscripto en DGR y que reviste la calidad de monotributista en AFIP, quedará automáticamente incorporado, lo que implica que a partir de marzo no deberá presentar más declaraciones juradas (salvo la correspondiente a febrero que vence en marzo), ni sufrirá retenciones, percepciones, pagos a cuenta ni recaudaciones bancarias, y en una sola operación de pago cumplirá con el tributo nacional y provincial.
La Resolución Conjunta N° 4913/21 habilita además que los municipios puedan sumarse al sistema, a efectos de que el contribuyente; en un solo pago; pueda cumplir con sus obligaciones nacionales, provinciales y municipales. El monotributista deberá reimprimir las credenciales desde el portal www.afip.gob.ar en su sección “Monotributo” y también podrán efectuar sus pagos desde la aplicación para celulares, “Mi Monotributo”.
Los nuevos contribuyentes que se inscriban a partir de marzo, deberán formalizar la misma a través de la página de AFIP, en el “Nuevo Portal para Monotributistas”, opción “Alta Monotributo”, con Clave Fiscal habilitada y Nivel de Seguridad 2. Una vez cargados los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción efectuada -acuse de recibo- y la credencial para el pago.
La credencial para el pago Formulario F. 1520 contendrá el Código Único de Revista (CUR) que será generado para cada caso, de acuerdo a la situación que revista el pequeño contribuyente frente al impuesto integrado; los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Sistema Nacional del Seguro de Salud, de corresponder y el impuesto a las Actividades Económicas para los pequeños contribuyentes jurisdiccionales del “Régimen Simplificado Provincial”.