Este domingo 26, los argentinos volverán a las urnas para renovar parte del Congreso Nacional. Se elegirán 127 diputados y 24 senadores, configurando un nuevo mapa político en el Poder Legislativo que entrará en funciones a partir del 10 de diciembre, cuando los representantes electos asuman sus cargos.
Por primera vez en la historia electoral del país, se utilizará la Boleta Única de Papel (BUP)para los cargos legislativos nacionales. Esta modalidad, establecida por la Ley N.º 27.781, reemplaza las tradicionales boletas partidarias y permite al votante seleccionar todas sus preferencias en una única hoja. El sistema busca fortalecer la transparencia, reducir irregularidades y agilizar el escrutinio, garantizando condiciones equitativas para todas las fuerzas políticas.
Voto obligatorio y registro de infractores
El sufragio es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos entre 18 y 70 años. Quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar.
Las multas establecidas por el Artículo 125 del Código Electoral Nacional varían según la cantidad de infracciones:

¿Cómo regularizar la situación si no se votó?
Según lo dispuesto por la Cámara Nacional Electoral, existen dos formas de pagar la multa:
- Pago presencial en el Banco Nación
- Se debe generar e imprimir la boleta de pago desde el sitio infractores.padron.gob.ar.
- Luego, presentarse en cualquier sucursal del Banco Nación para abonar.
- El banco informará automáticamente el pago a la Justicia Electoral, lo que puede demorar hasta 48 horas.
- Pago electrónico
- También se puede optar por medios digitales, generando la boleta desde el mismo sitio.
- Se recomienda conservar el comprobante en caso de discrepancias.
El voto es optativo para:
- Jóvenes de 16 y 17 años
- Personas mayores de 70 años
- Argentinos residentes en el exterior con domicilio registrado antes del 19 de abril de 2025
Están exceptuados de votar:
- Jueces y auxiliares en funciones durante el acto electoral
- Personas a más de 500 km del lugar de votación, con justificación policial
- Personas declaradas dementes por sentencia judicial
- Condenados por delitos dolosos o faltas vinculadas a juegos prohibidos
- Sancionados por deserción calificada
- Declarados rebeldes en causas penales
- Personal de servicios públicos esenciales con tareas impostergables



