Poder Judicial de Salta.- La Corte de Justicia de Salta concedió, con efecto suspensivo, el recurso de inconstitucionalidad presentado por el concejal de Embarcación José Mauricio Makar contra la resolución 218/18 del Concejo Deliberante de ese municipio, que lo excluyó del cuerpo. El hecho se remonta a febrero de este año.
El efecto suspensivo genera la inejecución de la sentencia o del acto impugnado hasta que sea resuelto el recurso de inconstitucionalidad que deberá ser analizado ahora por la Corte de Justicia, que lo declaró formalmente admisible.
La resolución del Concejo Deliberante de Embarcación fue basada en la supuesta inconducta del concejal Makar en sus funciones e indignidad moral con fundamento en los artículos 183 de la Constitución Provincial, 27 de la Ley 6714 y 10 del Reglamento Interno.
Makar recurrió por vía del recurso de inconstitucionalidad a la Corte de Justicia.
La Corte de Justicia, al analizar la procedencia del recurso, citó la doctrina según la cual los cuestionamientos contra las decisiones adoptadas por los concejos deliberantes en el proceso político de remoción de concejales, tienen prevista en el recurso de inconstitucionalidad del artículo 297 del Código Procesal Civil, “lavía idónea para demandar el control de esta Corte sobre actos de esa naturaleza”.
Fundado en los antecedentes del caso, a su turno el juez de la Corte de Justicia; Abel Cornejo; votó por la procedencia de la concesión del recurso de inconstitucionalidad, aunque con efecto devolutivo, no suspensivo.