El Ente Regulador de Servicios Públicos ordenó que en el plazo de 30 días, la Municipalidad de Tartagal informe en detalle los tributos municipales que cobra junto a las facturas de energía eléctrica. La medida se establece en base a la detección de aumentos que superan el 1.000 por ciento en las tasas municipales de cuatro localidades a pesar de una inflación del 538 por ciento.
El presidente del Ente, Dr. Carlos Saravia, anunció así la auditoría iniciada para los municipios de Cafayate, Tartagal, General Pizarro y San Ramón de la Nueva Orán. Si bien el organismo reconoce la autonomía de las comunas para fijar sus tributos, reivindica su facultad de controlar el contenido de las facturas de servicios públicos para asegurar la transparencia y evitar abusos, por medio de la resolución 933/22.
Este proceso de auditoría, dijo Saravia, es “a los efectos de controlar revisar los contratos de recaudación que han firmado los municipios (…) para cobrar sus tributos en la factura del servicio de energía eléctrica”, informó. “Esta es una temática delicada. Nación ha planteado que no corresponde que los municipios se cuelguen las facturas”. Más allá que la ley provincial 8.457 sí permite la práctica, es “con la garantía de respetar el derecho de los usuarios, el trato digno y sobre todo la capacidad de pago”, remarcaba.
Saravia dijo que se decidió la auditoría debido a que notaron que en los dos últimos años, “han incrementado el monto de las facturas de los tributos municipales entre 1.200 y 1.400 por ciento, cuando en ese la inflación fue del 538 por ciento” (…) han multiplicado cuatro o cinco veces los valores”. Reconoció que los tiempos económicos actuales son difíciles y que los municipios necesitan financiamiento para sostener los servicios que brindan, pero “el usuario no puede ser materia de una abusiva práctica, que encima está escondida”. Como parte del proceso de regularización dispuesto hace 4 meses, los municipios debían presentar la documentación; pero no cumplieron a pesar de las intimaciones.
En Orán y San Martín (Tartagal), se presentó “un solo rubro en la factura, que se llama tasa general de impuestos. No sabemos qué cobran allí dentro de la factura dentro de ese concepto”, dijo Saravia y ejemplificó que puede tratarse incluso del impuesto inmobiliario, “y eventualmente están tasas municipales, que tienen que ser informada para que el usuario tenga garantizado el derecho a ser informado de manera adecuada y veraz como manda la Constitución Nacional”.
Los 4 municipios tienen 30 días para adecuar “la normativa y los procedimientos a lo que legalmente está previsto. Si no lo hacen, van a suspenderse este tipo de operatorias de recaudación (…) especialmente en estos municipios que están desfasados (…) los aumentos se tiene que dar en base a la inflación, no según el gusto y capricho de los concejos deliberantes ó de los intendentes”. Mientras tanto, el usuario debe tener en cuenta la resolución 933/22, normativa que establece sólo la facturación del servicio de energía eléctrica; es decir, lo vinculado a la prestación de energía. Además, el Ente garantiza que el derecho a separar las boletas, respetando la capacidad de pago.