La nueva Ley de Vacunas, iniciativa aprobada el miércoles último por la Cámara de Senadores de la Nación, regula aspectos de la vacunación como obligatoriedad, promoción; “en todas las etapas de la vida”; y exención impositiva. Especifica en uno de sus puntos el requisito indispensable de tener al día el Calendario Anual de Vacunación para poder renovar DNI, Pasaporte y Licencia de Conducir.
La obligatoriedad de un Calendario de Vacunas completo se reservaba solo a la infancia y su certificado era requisito para inscribirse en las escuelas. Con la modificación, ahora serán los adultos; según la edad; quienes también necesitarán el documento para llevar adelante esos trámites.
La actualización de la ley establece la gratuidad de la vacunación y su exención impositiva. “El Estado deberá garantizar la compra de vacunas e insumos”, señala el texto.
La ley determina que el documento que se debe presentar es el denominado Carnet Único de Vacunación (CUV), donde deberán dejar constancias de la vacunación obligatoria; generando el acceso a las vacunas a la población.
La tarjeta será expedida por los organismos habilitados para aplicar vacunas, como hospitales (públicos y privados) y farmacias. Será exigido también para tramitar las asignaciones familiares y exámenes preocupacionales. La ley aclara, entre varias cosas, que “la falta de cumplimiento de la presentación establecida no será obstáculo en la prosecución de los trámites”.
A los adultos se les va a pedir tengan aplicadas las de la Hepatitis B y la Doble Bacteriana Adultos. A los que nacieron después de 1965, se incluye la triple viral (sarampión, paperas y rubéola). Los que superen esa edad sí deben darse la antigripal y las antineumocóccicas.
Entre otras modificaciones, la nueva legislación prevé que los adultos y tutores de menores serán los encargados de su vacunación, pero en caso de incumplimiento “generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente”.
Entre otras consideraciones de la ley, aclara que se justifica la inasistencia al trabajo el día que se aplique la vacuna, previa autorización del empleador, y presentando la constancia.
También se prevé la creación del Registro Nacional de la Población Vacunada Digital, donde registrarán y asentarán los datos de vacunación de todo el país; como también se estableció el 26 de Agosto de cada año como Día Nacional del Vacunador.