Este jueves 2 de octubre, el Concejo Deliberante de General Mosconi abordó el tratamiento del expediente 1.434/25, inicialmente de Resolución y posteriormente modificado a Declaración al momento de tratarlo en el recinto. “El funcionario no tiene vida privada cuando sale a la calle”, dijo el concejal Enzo Argañaraz. “Mosconi está dividida por este hecho”, resaltó.
El expediente ingresó bajo autoría de los ediles Ricardo Ramírez y Paola Sardina. El cuerpo estuvo de acuerdo con 8 votos a favor para modificarlo de Resolución a Declaración, dado que “en este caso, muy especial, la resolución es para formarle la comisión que establece el artículo 34 de la Carta Orgánica, que lleva a un juicio político y posible destitución del cargo“, explicó Argañaraz y “no se daría derecho a defensa”, afirmó.
“Hoy Mosconi está dividido en dos partes (…) el funcionario no tiene vida privada cuando sale a la calle, para eso es funcionario (…) lo que sí planteo es que la Intendente, en horario de trabajo, fue a hacer un reclamo (…) condeno este acto porque ella mezcló lo privado con lo político, y fue en horario de trabajo, donde no hay una resolución donde dice que ella no estaba en el Municipio”, explicó en cuanto al cambio de Resolución a Declaración.

La Dra. Ana Guerrero Palma retomó su trabajo al frente de la comuna este miércoles 1 de octubre, “porque no hay nada que se lo impida, (…) nuestra Carta Orgánica no existe suspensión, es nada o destitución”, aclaró. Sobre el incidente, existen dos denuncias; una de la víctima, ampliamente difundida, y otra de la Intendente; quien por su parte declaró a medios de Salta Capital que salió acompañada por su custodio.
“Nosotros debemos reunir pruebas, actuar con cautela (…) debemos reunir información, videos, pedir a la justicia las actuaciones correspondientes (…) por eso debemos hacer lo correcto, que es una investigación, porque se trata de la máxima autoridad de nuestro municipio“. Los días siguientes continuará el tratamiento del tema, para definir una posible comisión investigadora y potencialmente, citar tanto a la Dra. Guerrero Palma como a la mujer agredida y así resolver desde el Concejo Deliberante.
El artículo 34 de la Carta Orgánica de General Mosconi (Ley 6.943) establece que “El Intendente Municipal podrá ser destituído por mal desempeño de su cargo, actos inmorales o desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones y removido por inhabilitación física o legal. La iniciativa será del propio Concejo Deliberante. Es facultad del Concejo Deliberante determinar su destitución, siendo necesario para ello los dos tercios de voto del total del Cuerpo”.