A través de la resolución N°1.028/24, el Ente Regulador de Salta estableció como monto máximo para el pago en efectivo de las facturas del servicio de energía eléctrica en 150.000 pesos, en las oficinas comerciales de las empresas prestadoras. El Enresp enfatizó que las firmas no pueden desconocer que los usuarios pueden no disponer de conectividad o acceso a internet, sobre todo en parajes alejados de las ciudades.
La normativa, fechada al miércoles 31 de julio, hace referencia al plan de reconversión de las oficinas comerciales de Edesa; que ya desde este 1 de Agosto proyectaba no recibir pagos en efectivos y habilitando sólo pagos electrónicos de las facturas; modalidad que incluso extendía a la Esed SA (servicios alternativos para comunidades y parajes alejados). Los usuarios realizarían sus trámites desde el teléfono celular, tablet o computadora en el proceso de “transformación digital en la gestión de cobranzas”; objetivo bajo el cual habían comenzado con limitar a 300.000 pesos el pago en efectivo (desde el 1 de junio).
La Gerencia de Energía Eléctrica del Ente, argumentando las disposiciones contenidas en el Código Civil y Comercial de Argentina (artículo 765) y la Ley 23.345 “Prevención de Evasión Fiscal” (artículo 1), señaló que numerosos usuarios de la Esed SA habían elevado quejas al ser impedidos de pagar en efectivo en las oficinas de cobranzas de Edesa y en locales RapiPago. A la consulta de parte del Ente, la empresa respondió que el único canal de pago era por internet, siendo que los usuarios no disponían de una cuenta bancaria y temían ingresar al rango de deudores (con el correspondiente porcentual de aumento del caso).
El Ente enfatizo que las empresas no pueden desconocer “la realidad que impera en las vastas regiones de la provincia, en donde los usuarios del servicio eléctrico -tanto en la modalidad concentrado o disperso- se encuentran imposibilitados y/o muy dificultados de realizar trámites digitales, por distintas causas que no le son imputables (…) cuanto se domicilian en parajes que carecen de conectividad, o bien, en la medida que se encuentran alcanzados por lo que se ha dado en llamar ‘la brecha digital’ (…) desigualdad en el acceso, uso o impacto de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), entre grupos sociales o sencillamente, porque al no encontrarse bancarizados carecen de una cuenta que les permita utilizar los medios de pago asociados a la misma”, resaltaba en los considerandos de la resolución.
No obstante, el Enresp reconoce la importancia de la seguridad, tanto para quien abona el servicio como quien lo cobra, por lo tanto se decidió establecer un límite en el monto del pago en efectivo; ateniéndose a la Ley 25.345 “Prevención de Evasión Fiscal” (artículo 1).
De esta manera, en el artículo 1° de la resolución 1.028/24, el Ente Regulador estableció como monto máximo para el pago en efectivo de las facturas la suma de 150.000 pesos, ya sea oficina comercial de Edesa SA como de la Esed SA. Los exceptuados en este límite son los pagos que se efectúen en entidades financieras (RapiPago, Pago Fácil, etc), conforme lo establecido en el artículo 1°; in fine (“al final”); en de la Ley 21.526 “Entidades Financieras”.