Telam.- El Ministerio de Transporte aprobó un modelo de certificado que habilita a circular a los transportistas incluidos en los servicios esenciales y que deberá ser presentado en los correspondientes controles, en el marco de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, a raíz de la pandemia de coronavirus.
En el marco de la disposición del presidente Alberto Fernández que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio para toda la población a raíz de la pandemia por Covid-19, el Ministerio de Transporte aprobó un modelo de certificado que habilita a circular a los transportistas incluidos en los servicios esenciales y que deberá ser presentado en los correspondientes controles.
Las personas afectadas a las actividades y servicios de comercio exterior, transporte de mercadería, petróleo, combustibles, GLP y producción y distribución de biocombustibles están exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular únicamente en relación con el estricto cumplimiento de esas actividades y servicios.
La cartera de Transporte aprobó mediante la Resolución 74/2020; publicado en el Boletín Oficial; la certificación de una declaración jurada que habilita a los transportistas que realizan servicios terrestre de cargas; nacionales e internacionales; declarados esenciales, a circular. El objetivo es facilitar las funciones de los trabajadores de dichas actividades.
El documento se encuentra disponible en la página web de la CNRT; Comisión Nacional de Regulación del Transporte; y deberá ser presentado en los controles viales para comprobar, de manera clara y unificada, su excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio.