El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Salta condenó a la exdirectora de Asuntos de la Mujer y Diversidad de Tartagal y a una empleada de dicha oficina a dos años de prisión condicional y a la pena de inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos y a 20 años, respectivamente. Un tercer imputado acordó la suspensión de juicio a prueba. Entre los tres pagaron más de 4 millones de pesos en concepto de reparación a una víctima.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Salta condenó a la exdirectora de Asuntos de la Mujer y Diversidad de la Municipalidad de Tartagal, Carla Antonella Cordero Soria, y a Sandra Mabel Domínguez (empleada) a las penas de 2 años de prisión en suspenso y de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos; perpetua para Cordero y 20 años para Domínguez; por “concusión agravada por su función y por ser cometido para provecho propio”.
Ambas habían exigido dinero a mujeres y personas LGBTI+ a cambio de ingresarlas como beneficiarias del programa Acompañar, subsidio del Estado nacional para víctimas de violencia de género. En concepto de reparación económica fueron condenadas a pagar 2,6 millones de pesos en favor de una víctima. La sentencia fue el producto de un acuerdo de juicio abreviado el 26 de septiembre por la jueza María Alejandra Cataldi, del tribunal unipersonal para este caso.
Por otra parte, la jueza convalidó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba por 18 meses respecto de Lautaro Tomás Hurtado, hijo de Domínguez, imputado por el mismo delito en grado de partícipe necesario. En materia de reparación, abonó 1,5 millón de pesos a la misma víctima que debieron reparar las coimputadas; a lo que se sumó un compromiso de 300 mil pesos en seis cuotas mensuales en favor del Santuario “Virgen de la Peña” y la Asociación Fray Domingo Migliori. Acordó además 20 horas mensuales de tareas comunitarias por el lapso de 12 meses en la institución religiosa, donde ayudará con tareas de limpieza y mantenimiento, y otras que se le requieran.
En tanto, la acusada Celeste Abigail Robles; cuarta implicada y también empleada en la misma oficina; irá a juicio oral y público. Los acuerdos de juicio abreviado y de suspensión de juicio a prueba fueron presentados por el titular de la Sede Descentralizada de Orán, Marcos Romero. El 14 de agosto pasado el fiscal había ratificado la acusación penal contra los implicados. Las defensas buscaron una resolución de conflicto por medio de las salidas alternativas contempladas en el Código Procesal Penal Federal.
El caso
La investigación comenzó tras varias denuncias, la primera radicada por una beneficiaria el 17 de noviembre del 2022, a la que siguió otra mujer que pidió reserva de identidad, la de concejales de Tartagal y de una diputada nacional por Salta, como también dos actuaciones preliminares abiertas a partir de la cobertura de medios locales y redes sociales.

A partir de la información reunida y respuestas brindadas por distintas entidades como la exAFIP, el Banco Central y otras entidades bancarias, la fiscalía confirmó los sucesos denunciados constatando diferentes sumas de dinero transferidas (10 mil pesos) desde beneficiarios del programa y periódicamente a diferentes cuentas bancarias de las funcionarias imputadas y a Hurtado. Así, la fiscalía consideró que Cordero Soria, Domínguez y Robles exigieron dinero en forma ilegítima como condición para acceder al Programa, aún si las personas damnificadas no estuvieren en condiciones objetivas de obtenerlo.
Las pesquisas también permitieron establecer que, en caso de que las beneficiarias dejaran de entregar el pago acordado, se les daba de baja el plan. Para ello, se les impedía el cobro tras la alteración de sus datos en el sistema. En este entramado Hurtado facilitaba su cuenta bancaria para canalizar la obtención de los pagos ilegales que hacían las beneficiarias del programa de asistencia y ofrecía el acceso al programa a personas de su entorno a cambio de un porcentaje, e incluso llegó a percibir ese dinero indebido en efectivo.
Las consideraciones de la jueza
“Tenemos probada la acción realizada por Cordero Soria en calidad de directora de Género y de Domínguez como parte de dicha dirección, mientras que Hurtado es partícipe necesario, en el rol de controlar las transferencias que se realizaban”, sostuvo la jueza Cataldi en la homologación de los acuerdos. Resaltó el impacto del delito, pues la “Dirección de Género estaba dirigida a un programa de mucha repercusión”, consistente en combatir la violencia de género, tanto a mujeres como a personas LGBTI+.
Remarcó la responsabilidad del Estado Nacional y los compromisos asumidos al firmar la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, ambas con jerarquía constitucional. “Los estados que suscribimos estas convenciones tenemos obligación de tutelar los derechos de las mujeres, que no significa siempre fallar a favor, sino tutelarlos en los distintos ámbitos en que se ejercen”, sostuvo la jueza.
Resaltó tanto investigación desarrollada en el caso como el propósito del programa, que “atacaba estos problemas que azotan la sociedad”. En relación con Hurtado, consideró acertado el acuerdo de suspensión del proceso a prueba en su favor “porque se trata de un joven sin antecedentes y por ello le aconsejé que se dedique a actividades que no se encuentren en conflicto con la ley penal”. Añadió que “quizás pueda orientarse en este sentido con las actividades a realizar en el santuario bajo la dirección de un sacerdote; es una oportunidad que no puede desperdiciarse, y esto se lo dije no solo como jueza, sino también como persona que se dirige a un joven en contexto de un conflicto penal, que puede evitar reiterar a futuro”.