Un informe presentado por la Escribanía de Gobierno de Salta detalla que, en el último periodo, los funcionarios comunales de 51 Municipalidades no presentaron su declaración jurada. Las seis comunas del departamento San Martín forman parte de ese listado, que corresponde al periodo que se extiende desde el 6 de julio al 2 de agosto de 2023; obligación que contempla las Leyes N° 6.547 y 3.382 de Salta.
El detalle de la Escribanía se publicó este jueves 24 en el Boletín Oficial de Salta y además del listado de municipios cuyos funcionarios no presentaron sus declaraciones juradas (DDJJ), también figura una lista con nombre y área de vocales y personal del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta. La Escribanía tiene el deber de hacer público los nombres de los funcionarios que debidamente intimados no hayan dado cumplimiento a esta norma y esta es la 7° publicación que se realiza.
Todos los municipios del departamento San Martín (6) y Rivadavia (3) adeudan la declaración jurada de sus funcionarios en el periodo comprendido, además Salta (Capital), Angastaco, Animaná, Apolinario Saravia, Cafayate, Campo Santo, Chicoana, Colonia Santa Rosa (Orán), Coronel Moldes, El Bordo, El Carril, El Jardín, El Potrero, El Quebrachal, El Tala, General Pizarro, Guachipas, Iruya, Isla de Cañas, Joaquín V. González, La Caldera, La Candelaria, Las Lajitas, La Poma, La Viña, Molinos, Nazareno, Payogasta, Pichanal (Orán), Río de Las Piedras, Rosario de la Frontera, Rosario de Lerma, San Antonio de los Cobres, San Carlos, San José de los Cerrillos, San José de Metán, San Ramón de la Nueva Orán (Orán), Santa Victoria Oeste, Seclantás, Tolar Grande, Urundel (Orán) y Villa San Lorenzo.
Quienes están obligados a presentar las DDJJ son los intendentes, concejales y presidentes de comisiones municipales; presidentes, directores, gerentes, jefes, subjefes, consejeros y vocales de reparticiones centralizadas y descentralizadas. Abarca los bienes patrimoniales propios y de la pareja (en caso de divorcio no es necesario), y de hijos a su cargo; trámite que debe cumplirse dentro de los treinta días de asumir funciones y treinta días al cese de las mismas.
Además de municipios, la Escribanía publicó los nombres de los 9 vocales del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta que aún no cumplieron, en algunos casos adeudando de gestión anterior. Ellos son:
– Enrique Arello (Cese e Inicio de funciones – Dto. N” 321/23)
– Franco Bravo (Cese e Inicio de funciones – Dto. N° 321/23)
– Cándido Condorí (Cese e Inicio de funciones – Dto. N° 321/23)
– Faustino Peloc (Cese e Inicio de funciones – Dto. N° 321/23)
– Sandra Pisco (Inicio de funciones – Dto. N° 321/23)
– José Rodriguez (Cese e Inicio de funciones – Dto. N° 321/23)
– Cornelio Soruco (Cese de funciones – Dto. N° 321/23)
– Juan José Vega (Inicio de fundones – Dto. N° 321/23)
– Eduardo Yaque (Inicio de funciones – Dto. N” 321/23)