Diario Judicial.- El Poder Ejecutivo oficializó la Ley 27.477 por el cual se modifica la Ley 26.707 de creación del Juzgado Federal de Primera Instancia de Tartagal, provincia de Salta. De este modo, el Juzgado Federal de Tartagal, con competencia múltiple, tendrá la misma jurisdicción que el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán.
Las causas en trámite por ante el actual Juzgado Federal de Orán, continuarán radicadas en el mismo hasta su conclusión definitiva. El decreto fue publicado este viernes 21 de Diciembre en el Boletín Oficial de la República, con las firmas de Mauricio Macri, Marcos Peña y Germán Garavano.
La Ley 26.707, sancionada en noviembre de 2011, creó el juzgado de Tartagal con competencia múltiple con jurisdicción sobre los departamentos de Rivadavia y San Martín; y ahora se suma Orán, Santa Victoria e Iruya. Ambos juzgados, por sorteo, se harán cargo de las causas que se generan en la región.
El Juzgado Federal de Tartagal funciona en el tercer piso de la Ciudad Judicial, sobre Avenida Mosconi y Ruta 34; y tiene a cargo al Juez Carlos Alberto Martínez Frugoni. El letrado asumió funciones el 2 de Noviembre de 2017.
Texto Completo
“Créase Juzgado Federal de Primera Instancia.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º- Modifíquese el artículo 1º de la ley 26.707 por el siguiente:
Artículo 1º.- Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia de Tartagal, provincia de Salta, con competencia múltiple, que tendrá la misma jurisdicción que el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán conforme lo dispuesto en el artículo 2º de la ley 23.112.
Art. 2º- Derógase el artículo 5º de la ley 26.707.
Art. 3º- Sustitúyase el artículo 10 de la ley 26.707 por el siguiente:
Artículo 10.- Las causas en trámite por ante el actual Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán, continuarán radicadas en el mismo hasta su conclusión definitiva.
Art. 4º- Esta ley entrará en vigencia a partir de su publicación.
Art. 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los cinco días del mes de Diciembre del año Dos Mil Dieciocho.
Registrado bajo el Nº 27.477
Marta G. Michetti – Emilio Monzo – Eugenio Inchausti – Juan P. Tunessi
e. 21/12/2018 N° 98352/18 v. 21/12/2018″