Poder Judicial Salta.- La jueza de primera instancia en lo Civil y Comercial, Griselda Nieto, ordenó a la empresa Aguas del Norte suministrar agua potable de forma preventiva, con lo que hizo lugar parcialmente a la cautelar pedida en un amparo de vecinos de General Mosconi, el lunes 4.
La jueza ordenó a la Empresa Compañía Salteña de Agua y Saneamiento SA; COSAYSA; que suministre preventivamente agua potable en el domicilio de los habitantes de General Mosconi, que no reciban el liquido elemento por la red de agua y lo hagan por medio de bidones y/o camiones y/o cisternas y/o todo medio alternativo para que en forma eficiente, constante y regular, en la cantidad necesaria y suficiente para satisfacer las necesidades básicas de consumo, higiene personal, y limpieza o lavado de manos, alimentos y cocción de estos.
La jueza ordenó que la medida se concrete especialmente en los hogares de los sectores mas vulnerables, establecimientos de salud y educativos. El amparo fue promovido por los vecinos de General Mosconi contra de la empresa COSAYSA solicitando además se ordenen distintas medidas cautelarmente.
Las medidas cautelares, recordó la jueza, “no exigen de los magistrados el examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido sino sólo su verosimilitud, y que dicho análisis no entraña más que un juzgamiento acerca de la probabilidad de la existencia del derecho debatido”.
En este sentido el pedido de obras, trabajos, tareas y medidas necesarias y la suspensión del cobro de servicios “exceden la valoración provisoria, propia de la naturaleza cautelar; por lo tanto no puede ser motivo de pronunciamiento anticipado, ya que no solo no se encuentran reunidos elementos suficientes para su pronunciamiento, sino, además, presumo que ello se identifica con la petición inicial. Por lo que corresponde diferir su tratamiento y resolución, para luego de ser escuchadas ambas partes, al igual que el pedido de suspensión de pago de las boletas de servicio”.
La jueza Nieto se refirió así al punto 3 del amparo presentado por Armando Aracena, Elías Espoz, Sebastián y Juan Zerda, Alberto Alvarado, Daniela Tejerina, Benita Acevedo, y Blanca Alonso, bajo el patrocinio del abogado Marcelo Zuloaga.
Pero acordó que está en juego “el derecho humano de acceso al agua potable, la salud y la vida de una gran cantidad de personas” que habitan General Mosconi.
Por ello, la jueza consideró pertinente acoger parcialmente la pretensión cautelar preventiva solicitada y, consecuentemente, ordenar a la parte demandada que suministre agua potable en el domicilio de los habitantes de Mosconi que no recibieran el líquido elemento por la red de la empresa.