Diario El Cronista.- El Gobierno Nacional promulgó la ley que prorrogó hasta el 23 de noviembre de 2021 la ley 26.160 de emergencia territorial indígena. Dispone suspender “por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas”.
La norma dispuso la extensión de las disposiciones de otra ley sancionada en 2006 y declara “la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de cuatro años”.
Además, dispone suspender “por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas”.
“La posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada”, señaló la normativa.
Por otra parte, el texto contempla la creación de un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas, que también fue prorrogado.
La ley se aprobó en el Congreso y este jueves fue publicada en el Boletín Oficial, así como promulgada mediante un decreto que llevó las firmas de Mauricio Macri y Marcos Peña, jefe de gabinete.