Ministerio Público Fiscal.- La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó ayer tarde la prisión preventiva del ex intendente de Aguaray, Jorge Enrique Prado; principal investigado por el robo de caños del Gasoducto NEA. Prado fue detenido el 18 de noviembre a pedido del fiscal Villalba, quien ese mismo día amplió la acusación penal en contra del ex intendente, del ex secretario de Hacienda del municipio, Fredy Céspedes, y del empresario mendocino Diego Alos, dueño de la firma OSYP SA.
Impugnación
El abogado Fernando Teseyra, representante de Prado, impugnó la decisión de Montoya de disponer la prisión preventiva del ex intendente, como así también planteó la incompetencia de la justicia federal respecto a los delitos de peculado y enriquecimiento ilícito.
Ayer miércoles al mediodía, al celebrarse la audiencia de impugnación ante los jueces Guillermo Elías, Alejandro Castellanos y Mariana Catalano, el defensor reiteró los planteos e insistió que los delitos de peculado y enriquecimiento ilícito no serían de interés de la justicia federal, a la vez que señaló que en la justicia provincial su cliente ya es investigado por hechos de corrupción, aunque no pudo dar detalles de esas investigaciones debido que no lo representa en esas causas penales.
Sí se extendió, en cambio, respecto a la prisión preventiva de Prado, la cual solicitó sea revocada y se disponga la libertad. Para ello, adujo que el juez Montoya no valoró los indicadores de riesgo procesal y definió la privación de la libertad del ex intendente como “desproporcionada e innecesaria”.
Sostuvo que Prado tuvo una colaboración activa en el proceso penal en su contra, pues avaló que se investiguen sus cuentas bancarias y cumplió con todas las citaciones recibidas en el marco de la investigación. Además, indicó que en la audiencia de ampliación de la acusación penal tomó conocimiento por parte del juez de que se había ordenado su detención, la que se formalizó dos horas después. “En esas dos horas, mi cliente no se fugó e incluso entregó de manera voluntaria su teléfono cuando le fue requerido”, dijo el letrado.
Tras calificar de apresurada, e incluso arbitraria la prisión preventiva, el abogado planteó de manera subsidiaria la prisión domiciliaria. Y en ese sentido, aseguró que Prado tiene arraigo formal y trabaja en una empresa de Jujuy. Rechazó, a su vez, que el ex intendente pudiera influenciar a testigos, circunstancia en que cuestionó el hecho de que la fiscalía, que solicitó la prisión preventiva de Prado por 20 días, no haya avanzado con la citación de los declarantes.
La postura de la fiscalía
Al responder los agravios esgrimidos por la defensa, Villalba, acompañado de la auxiliar fiscal Roxana Gual, señaló que el caso se trata de uno de los “mayores escándalos de corrupción de la región” e incluso tuvo alcance nacional, pues en la investigación hay 11 imputados, algunos de ellos empresarios radicados en Buenos Aires.
Indicó que el plazo de la prisión preventiva, de 20 días, es absolutamente razonable. Resaltó que en esta investigación la fiscalía reunió pruebas de cómo el ex intendente, su secretario de Hacienda y Alos, habrían conformado la pirámide de una organización que “tomó fondos del erario público del municipio de Aguaray para, paradójicamente, destruir una obra del Estado Nacional que, de haberse concretado como sucedió en Chaco y Santa Fe, no sólo habría beneficiado a millones de personas sino se habría convertido en la base de un polo industrial”.
“Se tomó fondos del Estado para destruir al Estado. Y ¿para qué? Para el provecho de intereses privados de dos o tres personas, quienes planearon de antemano y al detalle la maniobra utilizada para desafectar los bienes rapiñados, en este caso los caños de más de 7 kilómetros del Gasoducto GNEA“, graficó.
De esta manera, Villalba planteó la gravedad del hecho como uno de los indicadores del riesgo procesal, pues, a medida que se avanza, crecen las chances de que Prado sea pasible de una sentencia condenatoria con prisión efectiva.
Tras ilustrar a los jueces sobre otros detalles de la investigación principal, el fiscal se refirió al peligro de fuga latente. Y para ello, controvirtió lo afirmado por la defensa respecto a que Prado tiene un trabajo formal como consulto en una empresa de la provincia de Jujuy. Para ello, el fiscal citó declaraciones periodísticas del mismo ex intendente, quien reveló que, debido al escándalo de los caños, se había quedado sin trabajo en una empresa jujeña, con lo cual echó por el argumento de arraigo aludido por la defensa.
En ese mismo sentido, y para referirse a la presión e influencia que la figura del acusado ejerce sobre los pobladores de Aguaray, el fiscal leyó otras declaraciones del mismo Prado, quien lideraba un corte de ruta junto a varios seguidores y exigía acciones a su favor por parte de la Cámara de Diputados.
“Esto evidencia claramente que Prado es una persona que puede ejercer una gran influencia, ya sea por sí o su figura misma”, pues algunos de los testigos que podrían ser citados manifestaron sentir temor a represalias del ex intendente.
En vista de ello, solicitó que se confirme la prisión preventiva de Prado, mientras que con respecto a los planteos de incompetencias, Villalba desistió en cuanto al delito de enriquecimiento ilícito, pero insistió por el “peculado”, pues no descarta que de la investigación surjan pruebas respecto a otras irregularidades con beneficios de competencia federal.
En el mismo sentido se pronunciaron los abogados Hernán Cuneo y Sebastián Schmidt Dodds, representantes de la petrolera IEASA SA, firma afectada por la sustracción de los caños del gasoducto, quienes acompañaron a la fiscalía en sus planteos.
Resolución
Luego de una breve deliberación, los jueces dieron a conocer su fallo, a través del cual decidieron mantener vigente la prisión preventiva de Prado, como así también rechazaron los planteos de incompetencia respecto al delito de peculado, ante la posibilidad latente de la existencia de nuevos delitos.
Al referirse al caso, Elías indicó que la decisión respecto a la prisión preventiva fue por mayoría, pues el juez Castellanos se inclinó en favor de otorgarle a Prado una medida alternativa de coerción, como la de la prisión domiciliaria.
Elías se volcó por los argumentos de la fiscalía en torno al riesgo procesal y el peligro de fuga del acusado, cuyo arraigo no fue definido por su defensa. “No resulta para nada desproporcional el plazo de 20 días”, sostuvo el magistrado, quien también reconoció la ascendencia del acusado en los habitantes de Aguaray, en especial sobre los que se desempeñan en el municipio.
Catalano, en tanto, coincidió con el rechazo del pedido de la defensa en cuanto a la liberación de Prado, pues la investigación es de gran envergadura, compleja y reviste gravedad. Reconoció el riesgo procesal sostenido por la fiscalía, el peligro de fuga y resaltó el hecho de que, tal como lo sostuvo el fiscal, los acusados una vez descubierta la maniobra, siguieron con el accionar delictivo.
Por último, Castellanos criticó lo resuelto por el juez Montoya y se inclinó por otorgarle a Prado la prisión domiciliaria, aunque apuntó a la defensa por no haber presentado concretamente los domicilios donde esta medida se podría haber ejecutado.