Los efectivos de Choele Choel seguirán en libertad hasta que la condena este firme. A pesar a que la resolución de la Justicia generó aplausos, el mismo fallo rechazó el pedido de prisión preventiva. Frente a esto, el Tribunal de Disciplina de la fuerza resolvió suspender preventivamente a los empleados policiales hasta tanto, según lo informaron este jueves.
El miércoles finalizó el juicio por la desaparición del joven salteño Daniel Solano, y la Justicia resolvió la prisión perpetua para los siete policías imputados en el caso. Pese a que la resolución de la Justicia generó aplausos, los efectivos seguirán en libertad hasta que esté firme la sentencia, ya que el mismo fallo rechazó el pedido de prisión preventiva.
Frente a esto, el Tribunal de Disciplina de la fuerza resolvió suspender preventivamente a los empleados policiales, según lo informaron este jueves.
En un comunicado que publicó la Jefatura de la Policía rionegrina, informaron que el Comando Superior de ese organismo decidió “suspender preventivamente a los empleados policiales que el miércoles pasado fueron condenados a prisión perpetua en el marco del juicio por la desaparición del joven Daniel Solano”.
Además señalaron que “de forma inmediata” será convocado el Tribunal de Disciplina Policial con el objetivo de “analizar la situación” de los uniformados involucrados, “teniendo en cuenta la gravedad de la sentencia fijada en sede judicial”, argumentaron.
Este tribunal es el órgano que se encuentra facultado para determinar las “medidas administrativas correspondientes”, según confirmaron respecto de la situación de los siete policías de Choele Choel que fueron encontrados culpables en el caso que se siguió por el homicidio de Solano.
Los jueces consideraron el día de la sentencia, que no se cumplen los requisitos para justificar el dictado de la prisión preventiva: riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación.
En ese sentido los jueces Oscar Gatti, María Evelina García Balduini y Gastón Martín explicaron que “no existen riesgos procesales”, ya que los imputados “han prestado caución real” (que se mantuvo en la sentencia), “han fijado domicilio, realizan presentaciones semanales y han cumplido todas las cargas procesales” impuestas.
Además, otro aspecto determinante al momento de ordenar que continúen en libertad hasta que la sentencia quede firme es que los siete policías estuvieron detenidos y “han agotado los tiempos máximos de detención preventiva” que permite el Código Procesal Penal.
Los jueces consideraron el día de la sentencia, que no se cumplen los requisitos para justificar el dictado de la prisión preventiva: riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación.
En ese sentido los jueces Oscar Gatti, María Evelina García Balduini y Gastón Martín explicaron que “no existen riesgos procesales”, ya que los imputados “han prestado caución real” (que se mantuvo en la sentencia), “han fijado domicilio, realizan presentaciones semanales y han cumplido todas las cargas procesales” impuestas. Además, otro aspecto determinante al momento de ordenar que continúen en libertad hasta que la sentencia quede firme es que los siete policías estuvieron detenidos y “han agotado los tiempos máximos de detención preventiva” que permite el Código Procesal Penal.