Esta mañana, Víctor Bravo; de profesión fletero; se encadenó ante Ciudad Judicial Tartagal en reclamo por la devolución de su camioneta, secuestrada hace 44 días en un operativo de control de la Rural. Según afirma, el policía que labró actas asentó equivocadamente el número de tapa del motor en lugar del númer del motor. Ante la falta de respuestas y solución por parte de las autoridades policiales, ayer lunes por la tarde determinó iniciar su protesta.
Bravo contó que hace más de un mes, sus dos hijos menores viajaban como choferes junto con una mujer hacia Los Ancos (lugar donde residía), cuando fueron interceptados por un control de rutina de Policía Rural, en madrugada, en Ruta 34.
Al momento de pedir papeles, el fletero aclaró que no poseía la Transferencia de Dominio, pese a contar con el Formulario 08, la que no había tramitado por cuestiones meramente económicas.
Esta mañana determinó encadenarse nuevamente luego que no quisieran recibirlo en el Juzgado de Garantías de 2º Nominación.
“El policía se fija mal y hace la verificación asentando que el número del motor no coincidía con la documentación, pero él asienta el número de la tapa del motor”, señala. El hombre; oriundo de Santiago del Esterio; se dedica a la profesión desde hace dos años, tiempo que lleva residiendo en Tartagal.
La camioneta es una Ford Ranger modelo 2006, que no está transferida (el dueño original es de apellido Carabajal) a su actual propietario. Bravo afirmó que no se cesará en su protesta. “Ya llamé a Embarcación; porque la Dra. Martínez tiene el expediente; no me atendieron, (…) me tienen dando vueltas. No me voy a mover de aquí”, enfatizó.
Tramitar la Transferencia de Dominio
En caso de compra-venta, sucesión o donación de un auto, moto o maquinaria agrícola (vial o industrial), se debe transferir la titularidad del vehículo, trámite conocido como transferencia de dominio, del que participan ambas partes (o sus representantes legales y apoderados) y se hace por escritura pública.
Para realizarlo se dispone de 30 días hábiles y si no se concreta, se decreta la prohibición de circular para el rodado y su pedido de secuestro.
Para esto, ambas partes deben presentar:
1.- Documento identificatorio del comprador y vendedor (y de sus cónyuges, si se trata de un bien ganancial)
2.- Constancia de CUIT o CUIL del comprador, emitida por AFIP o ANSES. O bien: CDI del comprador a través de Formulario de Declaración Jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP
3.-Título de propiedad y cédula del vehículo (ex cédula verde)
4.- Formulario 08: Es gratuito si comprador y vendedor (y sus cónyuges, en caso de corresponder) certifican las firmas en el Registro, en el momento de hacer el trámite. Si no es así, tienen que estar certificadas por Escribano público
5.- Formulario 13 único: los tiene el Registro, se hace firmar por el representante cuando se liquidan impuestos o multas. Se entrega un ejemplar al solicitante
6.- Declaración Jurada del comprador sobre si es persona expuesta políticamente, con firma certificada por escribano público si no concurre en persona al Registro. Si el monto de la compra supera los $900.000.- deberá probar la procedencia del dinero utilizado para la adquisición de forma fehaciente
7.- Para automotores y motos valuados en $100.000 o más: Certificado de Transferencia Automotor (CeTA.) tramitado por el vendedor en AFIP
8.- Si existe prenda: constancia (carta documento o telegrama colacionado) de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario. Lo mismo vale si el vehículo está inscripto en contrato de leasing
9.-Verificación en Solicitud Tipo 12: Es obligatoria para automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/85, motovehículos importados a partir del 01/01/1994 y los nacionales de más de 125 CC a partir de esa misma fecha
10.- Sólo para maquinarias: Formulario 381 de AFIP
El costo del trámite está sujeto a distintos aranceles. Además, deberán asistir dos veces ante el organismo a cargo para:
1.- Presentar la documentación requerida.
2- Retirar la cédula del vehículo y el alta impositiva de rentas.
Finalmente, para cerrar, se puede optar por la obtención de una constancia de la fecha de transferencia de un titular a otro, con los datos del domicilio de ambas partes.