Telam.- La cartera nacional de Salud; que en primer momento excluyó a inmunocomprometidos, autoinmunes, mujeres en periodo de lactancia y embarazadas bajo del concepto de “contraindicaciones para la vacunación contra la Covid-19”; autorizó mediante resolución de la Comisión Nacional de Inmunizaciones la aplicación de la vacuna Sputnik. La decisión se tomó en conjunto a diversas sociedades científicas y recomendaciones en otros países.
De acuerdo con la resolución “se excluye el concepto de contraindicación para la vacunación contra la Covid-19 para embarazadas, mujeres en periodo de lactancia, personas inmunocomprometidas o con enfermedades autoinmunes que formen parte de los grupos que pertenecen a la población objetivo a vacunar”. Esto, siempre que la plataforma de la vacuna utilizada no sea “virus vivo y/o atenuado”.
En consecuencia, podrán optar por vacunarse aquellas personas ya detalladas, que además presenten un riesgo de exposición alto al virus Sars-Cov-2; como también se incluye al personal de salud, personal estratégico, docente y no docente, y con enfermedades subyacentes como diabetes, obesidad Grado 2, mayor de edad o con enfermedades crónicas renales, respiratorias o cardíacas.
El Ministerio de Salud de Nación asegura que esta recomendación de vacunación a embarazadas se sustenta en la necesidad de realizar una evaluación individualizada del beneficio que pueda ofrecer la vacunación. En este marco se aseguró que el riesgo de presentar eventos adversos graves “es muy poco probable al no tratarse de plataformas a virus vivos y atenuados, y que la contraindicación por falta de evidencia dejaría expuesto al individuo a un alto riesgo epidemiológico considerando su mayor vulnerabilidad”.