Tras el anuncio del gobernador Gustavo Sáenz, el Ente Regulador de Servicios Públicos de Salta habilitó de manera on line las postulaciones a través de su página web; en tanto que, mediante Resolución del Enresp N° 1.098/26 se detallan los requisitos y alcances del bono para jubilados y pensionados. El monto del bono no se acredita en un solo pago, sino que se irá distribuyendo de julio a septiembre.
El Ente recuerda que, ante los aumentos aplicados desde el Gobierno Nacional al precio de la luz y el recorte de subsidios, las facturas en Salta se dispararon y afectaron gravemente a los jubilados de bajos ingresos; de manera que el Enresp modificó el Bono Invernal y lo convirtió en un descuento fijo en la factura del servicio, dejando así en claro la culpa del aumento no es de la empresa Edesa.
De acuerdo con lo expuesto en la Resolución 1.098/26, la Secretaría de Usuarios, Consumo y Abordaje Territorial del Ente estima que el beneficio llegaría a aproximadamente 42.000 titulares; teniendo en cuenta que la Resolución Anses Nº 186/26 (26 de junio), el haber jubilatorio mínimo se ubica en los 411.989,33 pesos y sumando el bono de 70.000 pesos, el monto asciende a 481.989,33 pesos. Este total será el límite máximo de ingresos para determinar si el postulante accede al beneficio.
El “Bono Eléctrico para Jubilados y Pensionados” (subsidio temporal) consistirá en un crédito mensual de 50.000 pesos que se distribuirá durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2026, por un total acumulado de 150.000 pesos por persona; subsidio que será aplicado directamente en la factura del servicio eléctrico y tendrá vigencia hasta el 30 de diciembre de este año.

»Factura energía (Imagen: prensa Ente Regulador)
Los usuarios que califiquen podrán recibir los créditos de meses anteriores dentro de ese período, siempre que no superen el tope acumulado establecido. Es importante destacar que no se entregará dinero en efectivo ni podrá transferirse el monto a otros suministros o usos. Para ser beneficiario, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
– Ser jubilado o pensionado
– Percibir ingresos mensuales brutos que no superen el haber mínimo jubilatorio vigente ($411.989,33) más el bono extraordinario de $70.000, lo que da un total de $481.989,33
– Ser titular de un único suministro eléctrico residencial
Quienes no podrán acceder al beneficio:
– Jubilados con ingresos superiores al monto límite mencionado
– Titulares de más de un inmueble a su nombre, según registros de la Dirección General de Inmuebles de Salta
– Propietarios de un automotor con menos de 5 años de antigüedad
– Usuarios cuyos suministros estén ubicados en urbanizaciones privadas cerradas
– Aquellos que demuestren solvencia económica incompatible con el régimen asistencial
Los interesados cuentan deberán presentar, virtual o personalmente, la siguiente documentación, que tendrá valor de declaración jurada y con el Ente reservándose el derecho de realizar auditorías posteriores para verificar la veracidad de la información:
– Último recibo de haberes previsionales emitido por Anses
– Documento Nacional de Identidad (DNI)
– Última factura del servicio eléctrico a su nombre.
Jubilados y pensionados que resulten beneficiados recibirán la bonificación de manera retroactiva. En caso de rechazo del beneficio, se puede presentar una reconsideración conforme a la Ley Nº 5348/78. El trámite puede realizarse de forma virtual en la página web del Ente Regulador de los Servicios Públicos de Salta y de manera personal en las delegaciones de Tartagal, Orán, Embarcación, Metán, Rosario de la Frontera, General Güemes y General Mosconi; como también en municipios e instituciones adheridas al Ente.



