El lunes 13 de mayo, a las 18 horas, se realizará el acto de apertura del 61° período extraordinario de sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Salón de los Derechos Humanos, en la planta baja del Palacio de Justicia. Cabe recordar que la Corte todavia tiene pendiente alegatos y observaciones finales en el caso “Comunidades Indígenas Miembros de la Asociación Lhaka Honhat Vs. Argentina”.
En ese marco hablarán Jorge Faurie, ministro de Relaciones Exteriores y Culto; Germán Garavano, ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, presidente de la Corte IDH, y Carlos Rosenkrantz, presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Del mismo modo, también se impartirá el Seminario Internacional “40 años protegiendo derechos.
Desarrollos jurisprudenciales y desafíos”; a realizarse el15 y 16 de mayo de 2019 en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Lotes 55 y 14
El 15 de marzo último, los jueces miembros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos indicaron que visitarán los Lotes Fiscales 55 y 14 en Santa Victoria Este; anuncio que se realizó cuando concluir la etapa de los alegatos en el marco de la causa.
Desde la Cancillería Argentina se confirmó que la Corte Interamericana llegará hasta Salta, pero las fechas de visita (se estima que será entre el 16 y 17 de mayo) y protocolo serán agenda a difundir por el Gobierno de Salta.
Las comunidades indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat esperan por la llegada de la Corte para definir la causa que se lleva por los Lotes 55 y 14. El caso se relaciona con la alegada violación del derecho a la propiedad en perjuicio de las Comunidades Indígenas debido a la alegada carencia de acceso efectivo al título de propiedad sobre su territorio ancestral.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado habría incurrido en una violación al derecho a la propiedad, por cuanto presuntamente se abstuvo de materializar los derechos legalmente reconocidos a dichas Comunidades.
Sobre este punto, la Comisión alegó que el Estado habría frustrado la confianza legítima que las actuaciones de las autoridades provinciales generaron en las comunidades indígenas de acceder a un título común de propiedad territorial.
La Comisión determinó que el Estado también habría violado el derecho a la propiedad en perjuicio de las comunidades indígenas al haber presuntamente omitido emprender acciones efectivas de control de la deforestación del territorio indígena mediante la tala y extracción ilegales de madera.