Gobierno de Salta.- Los permisos; Declaraciones Juradas de Circulación; emitidos con anterioridad al 23 de agosto tendrán vigencia hasta el 30. Los que se emitan a partir del 23 tendrán una vigencia de 7 días. La Declaración debe presentarse acompañada con el D.N.I y la documentación respaldatoria ante las autoridades estatales de control. La nueva disposición; que aplica en el horario de 00 a 06; rige para todos los departamentos de la provincia.
El gobierno de Salta comunicó que debido a la situación epidemiológica de la provincia es que el Comité Operativo de Emergencia dispuso para aquellas personas que se encuentren en el grupo de rubros, actividades, o servicios exceptuados para circular, que completen una nueva Declaración Jurada de Circulación, la cual tendrá vigencia semanal.
Para completar la Declaración Jurada para circular deben ingresar a la web solicitudparacircular1.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create.
¿Cuando es necesario contar con permisos para circular?
– En toda la provincia para la circulación entre 00 a 06hs., ya que solo pueden circular en ese horario las actividades esenciales.
– Internamente en los municipios del departamento San Martín: las personas que desarrollan actividades esenciales precisan el permiso para circular, ya que ese departamento se encuentra en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)
– Para poder usar el transporte público urbano de pasajeros.
– Cuando se movilicen entre municipios, o por fuera del Área metropolitana. El DNU 677 y la Resolución 35 del COE establecen la prohibición de circular fuera de los mismos. Las excepciones son las actividades esenciales.
Vigencia
– Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23 de agosto de 2020 tendrán vigencia hasta el 30 de agosto.
– Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días.