Mediante el programa de revisión de condiciones de expendio encomendado por el Ministerio de Salud de la Nación (Resolución N° 284/2024), la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó el paso a venta libre de diez Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFA) que hasta ahora requerían receta médica para su adquisición.
La medida se formalizó a través de la Disposición N° 4714/2026 y alcanza a medicamentos inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinal (REM) que cumplan con las dosis, concentraciones y formas farmacéuticas especificadas por la autoridad sanitaria.
El listado incluye tratamientos de uso común para cuadros sintomáticos leves de alergias, salud digestiva, pediculosis y dermatología:
- Trimebutina (maleato): Antiespasmódico e indicativo para trastornos gastrointestinales. Pasa a venta libre en dosis de 100 mg (comprimidos y cápsulas).
- Levocetirizina (diclorhidrato): Antihistamínico para alergias. Disponible sin receta en concentraciones de 5 mg y 5 mg/ml (comprimidos, cápsulas y solución oral).
- Fexofenadina (clorhidrato): Antialérgico para rinitis u urticaria. Libre en dosis de 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml (comprimidos, cápsulas y solución oral).
- Dimenhidrinato: Fármaco contra mareos, náuseas y vómitos en viajes. Aprobado en 50 mg (comprimidos y cápsulas).
- Nafazolina + Feniramina: Descongestivo y antialérgico ocular. Solución oftálmica en dosis de 0,025 g / 0,3 g por 100 ml.
- Olopatadina (clorhidrato): Gotas oftálmicas para conjuntivitis alérgica en concentraciones de 0,1 g/100 ml y 0,2 g/100 ml.
- Carboximetilcisteína: Mucolítico y expectorante. Jarabe o solución oral al 5 g/100 ml.
- Cloruro de aluminio hexahidratado: Loción tópica para el tratamiento de la transpiración excesiva (hiperhidrosis) al 20 g/100 ml.
- Carbonato de Calcio + Árnica + Nitrato de Plata: Formulación en polvo oral y tópico para afecciones bucales o cutáneas.
- Ivermectina: En presentación de loción tópica al 0,5% destinada al tratamiento de la pediculosis (piojos) en la piel/cabello.

De acuerdo con los considerandos de la medida, el equipo técnico de la ANMAT realizó un relevamiento del Sistema Nacional de Farmacovigilancia, verificando que estos principios activos han operado durante al menos cinco años en el mercado nacional sin reportar eventos adversos graves que alteren su balance entre riesgo y beneficio.
Además, la decisión se fundamentó en el alineamiento con agencias de alta vigilancia sanitaria internacional que ya comercializan estas drogas sin receta, entre las que se destacan:
- FDA (Estados Unidos)
- EMA (Agencia Europea de Medicamentos)
- AEMPS (España) y ANSM (Francia)
- ANVISA (Brasil) e INVIMA (Colombia)
La normativa establece que las marcas y laboratorios titulares de los certificados deberán actualizar sus cajas, rótulos y prospectos para indicar la nueva condición de expendio sin receta.
Sin embargo, para evitar desabastecimiento o contratiempos en las farmacias, la ANMAT aclaró que los lotes que fueron fabricados o liberados con anterioridad a esta norma podrán continuar vendiéndose normalmente hasta agotar stock, sin necesidad de modificar el envase existente. Con esta flexibilización, la autoridad sanitaria busca facilitar el acceso seguro a tratamientos de síntomas leves y promover el uso responsable de medicamentos en la población.



