Poder Judicial.- La jueza de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia de Segunda Nominación de Tartagal, Carmen Juliá resolvió tener por promovida acción de amparo colectivo en los términos del artículo 87 de la Constitución Provincial la acción que fuera presentada por Mario Oscar Ángel y Manuel Oscar Pailer en contra de la empresa Aguas del Norte CoSaySa.
Tanto Ángel como Pailer formularon su presentación como habitantes y ciudadanos del departamento San Martín y en su calidad de Diputados Provinciales por este departamento.
La jueza al resolver dispuso darle el trámite de acción de amparo colectivo. “La presente acción nace de la Constitución, por tal razón, no se encuentra sujeta a reglamentación alguna”, citó el artículo 87 de la Constitución Provincial.
“Tratándose el planteo efectuado por los amparistas de intereses y derechos propios, como así también de todos los ciudadanos y/o usuarios del Departamento San Martín, lo que se pretende proteger, es decir, de derechos de incidencia colectiva, deberá imprimirse trámite de acción de amparo colectivo, sin perjuicio que corresponda dar inmediata intervención al Procurador general de la Provincia de Salta”, señaló.
Dispuso en este sentido que una vez cumplida con la vista al Procurador de la Provincia de Salta, deberá darse a conocer la acción “a la mayor cantidad de personas, tanto físicas como jurídicas del Departamento San Martín, la que deberá realizarse por medios de comunicación adecuados”.
Entablada la demanda, la empresa deberá colocar un cartel en un lugar visible y de simple acceso con al misma finalidad de facilitar el conocimiento de la acción. En todos los casos esto será por tres días.
La jueza dispuso además que todos los términos sean perentorios, con notificaciones diarias y automáticas, salvo la notificación de traslado de la demanda y la sentencia y aquellas que expresamente se ordenen.
Dispuso asimismo diferir la resolución de la cautelar, inscripción en el registro de Procesos Colectivos y fijación de la audiencia sugerida por el Ministerio Público Fiscal.