Diario Rio Negro.- Según se informó desde el área de prensa del Poder Judicial, el llamado de atención derivó del pedido de prisión preventiva que planteó la querella para el policía imputado Juan Francisco Barrera luego de que un testigo manifestara haberse “encontrado” el pasado lunes con Barrera en la vía pública, en Choele Choel, y señalara que éste le hizo manifestaciones relacionadas con el caso.
El miedo continúa atravesando el caso Solano. En la audiencia de esta mañana los jueces advirtieron a los policías imputados en la causa que pueden recibir sanciones y hasta se evaluará posibles detenciones en caso de que tengan contacto con los testigos o entorpezcan la investigación.
El testigo sostuvo que Barrera le preguntó si se presentaría hoy a declarar y que le señaló, en referencia a la víctima Solano: “yo no fui”. También señaló que el efectivo policial le “pidió perdón” por las veces que habría golpeado al testigo en circunstancias de encontrarse este último demorado o detenido en Choele Choel en reiteradas oportunidades durante los últimos años.
Para el abogado querellante, Leandro Aparicio, el diálogo significó una “evidente obstaculización” del accionar judicial y tomó como agravante que el testigo declaró haber sido golpeado “entre 20 y 30 veces” a lo largo de su vida por el mismo efectivo policial. Con esos argumentos solicitó que el imputado sea “detenido hasta la sentencia”.
Luego de deliberar, el Tribunal no hizo lugar a la prisión preventiva, aunque advirtió a los policías sobre posibles sanciones.
Los jueces Gastón Martín y Oscar Gatti, en mayoría, coincidieron con la Fiscalía en la falta de “constancias objetivas que nos permitan adelantar que estemos ante un verdadero entorpecimiento de la Justicia o de este juicio… En principio y por el momento, no estaría dado ninguno de los supuestos que se prevén como causal para que se dicte” esa medida. Sin embargo, advirtieron que “de confirmarse más detalles o más circunstancias que así lo ameriten, se volverá a analizar” la solicitud.
“No obstante -señalaron los jueces- advertimos con preocupación que ya hay dos testigos que están manifestando que hay imputados que habrían mantenido contacto con ellos, cosa que saben que no pueden hacer porque conocen el régimen bajo el cual están. Con lo cual (…) exhortamos a los imputados -y para que así también sean asesorados por sus defensores- a evitar cualquier tipo de contacto, directo o indirecto, con los testigos de la causa; pues en caso de existir pautas objetivas que aporten la Fiscalía o la querella, el Tribunal sí va a analizar el dictado de la prisión preventiva”.
La jueza María Evelina García Balduini fue más dura y consideró “indiscutible” que existió un entorpecimiento del proceso.
“Independientemente de si el Sr. Barrera influyó efectivamente en el testimonio del Sr. H., la sola posibilidad de que haya influido es lo que constituye el entorpecimiento de la acción de la justicia, la obstaculización del normal desarrollo del proceso”, sostuvo la jueza.
Sin embargo, consideró que la cautelar de “prisión preventiva” se encuentra en este proceso agotada en sus límites máximos respecto de todos los imputados, por lo que cualquier detención bajo esa figura significaría un “adelantamiento de pena”, lo cual “está prohibido” por ser inconstitucional.
Los policías y las acusaciones
Barrera es uno de los siete policías acusados de la desaparición y muerte del trabajador salteño Daniel Solano.
Junto a Sandro Gabriel Berthe y Pablo Federico Bender está imputado por vejaciones, privación ilegítima de la libertad, homicidio calificado, todo en concurso real, en carácter de coautores.
En tanto que Pablo Andrés Albarrán Cárcamo, Pablo Roberto Quidel y Diego Vicente Cuello están imputados por privación ilegal de la libertad, homicidio agravado, todo en concurso real como partícipes primarios, y en concurso ideal con incumplimiento de deberes de funcionarios públicos, en grado de autores.
Mientras que el oficial Héctor César Martínez la imputación es: vejaciones, privación ilegal de la libertad, homicidio agravado, todo en concurso real como participe secundario, en concurso real con abuso de autoridad en grado de autor, en concurso ideal con falsedad ideológica en grado de autor.