El Concejo Deliberante de Aguaray, en sesión extraordinaria este lunes, aprobó la creación y reglamentación; ordenanza mediante; del Boletín Oficial Municipal, medida que debe su origen a que el intendente Jorge Prado no presentó el informe que requirió el cuerpo legislativo comunal en relación a los caños del GNea.
El intendente Jorge Prado acercó una copia de la Resolución Municpal 1215/19; donde autorizan a la empresa OSYP SA (representada por Diego Andrés Alos) al desarme y traslado, remediación ambiental y recuperación del remanente del terreno contamido; firmada por el mismo jefe comunal, el secretario de Hacienda Marcelo Céspedes y el secretario de gobierno, Juan Ramón Ferreyra.
En ese documento se otorga un plazo de 60 días a la empresa a llevar adelante el proceso, contratando “solo mano de obra local“. El controvertido expediente llegó adjunto a una nota donde Prado explica al Concejo los motivos por los cuales no acerca el informe completo que solicitó el órgano legislativo comunal.
En nota 133/020 enviada al presidente del Concejo Deliberante, el intendente Prado tacha de “irrazonable” el plazo de 48 horas otorgado para “formular una explicación consistente y fundada que no resulta posible en esas escasas horas“, manifiesta Prado; refiriendo así a los contenidos de las Resoluciones Municipales 181-2020 y 193-2020 registradas bajo expedientes 050-2020 y 053-2020, que terminaron en el Pedido de Informe 05-2020.
La nota; fechada el día 12 de marzo; cierra solicitando un “plazo razonable” de 10 días para “producir todos los instrumentos con incidencia”. El Ing. Prado señala también que el Concejo incurrió en una serie de imputaciones sin pruebas, entre ellas mencionando a la empresa mendocina y acusa que lo vertido son “especulaciones irresponsables y valuaciones desopilantes”.
No obstante, facilitó una copia de la Resolución Municipal 1215/19 (que consta de siete artículos y fechada el 23 de diciembre de 2019) e informó que la documentación remitida por las autoridades nacionales fue “devuelta a las mismas por haber sido remitidas con defectos en el copiado y acomodamiento de las mismas”, agregando que se acercarán ejemplares al Concejo.
El intendente remarca; en los cuatro puntos que desarrolló de su nota; que “la no publicación de la Resolución 1215/19 en el Boletín Oficial (Art. 7 del Pedido de Informe 05/020) se hace saber que ello se debió a errores cometidos por el personal responsable que allí trabaja, la sra. Sonia Chauque (…) y cuyas responsabilidades serán deslindadas mediante el sumario administrativo que se ordenará por medio de Resolución Municipal”.
Por último, el cuerpo de ediles aceptó extender el plazo que solicitaba el intendente y aprobó otorgar cuatro días para que acerque la totalidad del informe (NR: esto sucedió antes de la declaración de Emergencia Sanitaria en Salta y posterior en Nación por coronavirus, que suspende toda actividad pública hasta el 1 de abril).