
La Secretaria de Energía de la Nación publicó ayer miércoles la Resolución 41/2018 en el Boletín Oficial, dejando sin efecto la compensación a las empresas en las tarifas de gas. El pasado 10 de Octubre, se dio marcha atrás con el aumento retroactivo que se pretendía aplicar a los usuarios, lo que había generado una ola de indignación en todo el país.
Finalmente, el martes fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 41/2018; con fecha original 12 de Octubre; que dejó sin efecto la Resolución 20 del pasado 4 de Octubre. La medida se conoce días después que Nación anunciara que compensará a las petroleras por el desfase en el precio del dólar.
En sus considerandos, se retoman los Expediente EX-2018-49397545-APN-DGDOMEN#MHA y la Resolución N° 20 del 4 de Octubre de 2018 de la Secretaria de Energía del Ministerio de Hacienda y defiende en sus considerandos los motivos, al señalar que ” la Resolución citada en el Visto se dispuso, en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) debía definir el mecanismo de traslado a tarifa de dichas diferencias, previsto en el punto 9.4.2.5. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas aprobadas por el Decreto Nº 2.255 del 2 de diciembre de 1992, aunque en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir del 1º de enero de 2019″.
La Secretaria de Energia de la Nación publica la Resolución 41/2018 que deja sin efecto la compensación a la empresas en las tarifas de gas. Una decisión que era imposible que quede firme por inequitativa e injusta. https://t.co/VHB898K0dX
— Pablo Kosiner (@Pablokosiner) October 16, 2018
Agregó también que “la citada resolución tuvo como finalidad habilitar un mecanismo que, sin dejar de cumplir con el marco regulatorio del gas y sus normas complementarias y reglamentarias, contemplara un período temporal más extenso para disminuir su incidencia en el monto de la factura al usuario”.
Después del fuerte repudio a la medida, desde la población en general y por intermedio de asociaciones de Defensa del Consumidor y bloques de la oposición, el Gobierno Nacional determinó “por razones de oportunidad corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 20/2018 de esta Secretaría”.
Cabe recordar que el diputado nacional Pablo Kosiner había hecho notar que al día 11 todavía no se había presentado ningún documento oficial al respecto, pese al anuncio que se realizó el día 10, con el fin de evitar que el Congreso de la Nación tratara el abusivo aumento en sesión especial pero luego de anunciadas acciones de amparo presentadas; entre otras; por legisladores salteños.
Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2018
VISTO el Expediente EX-2018-49397545-APN-DGDOMEN#MHA y la Resolución N° 20 del 4 de octubre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el Visto se dispuso, en forma transitoria y extraordinaria, que para las diferencias entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, valorizadas por el volumen de gas comprado desde el 1º de abril y hasta el 30 de setiembre de 2018, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) debía definir el mecanismo de traslado a tarifa de dichas diferencias, previsto en el punto 9.4.2.5. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas aprobadas por el Decreto Nº 2.255 del 2 de diciembre de 1992, aunque en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir del 1º de enero de 2019.
Que la citada resolución tuvo como finalidad habilitar un mecanismo que, sin dejar de cumplir con el marco regulatorio del gas y sus normas complementarias y reglamentarias, contemplara un período temporal más extenso para disminuir su incidencia en el monto de la factura al usuario.
Que, sin embargo, por razones de oportunidad corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 20/2018 de esta Secretaría.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 14 del Decreto Nº 802/2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N° 20/2018 de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel
e. 16/10/2018 N° 77128/18 v. 16/10/2018
Fecha de publicación 16/10/2018