Nuevo Diario de Salta.- La Corte de Justicia de Salta desestimó la acción de amparo que solicitaba que se ordene al Poder Ejecutivo Provincial la convocatoria inmediata a elecciones de intendente de la Municipalidad de Tartagal. La acción fue presentada por residentes e integrantes del padrón electoral de Tartagal.
El amparo, como se sabe, es un proceso excepcional, utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que, por carencia de otras vías aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales.
Al respecto, la Corte de Justicia de Salta diferenció entre los actos de carácter institucional y los de Gobierno o políticos.
De la diferenciación, dijeron los jueces, “surge una consecuencia fundamental: el acto de Gobierno o político puede incidir directa e inmediatamente en la esfera jurídica del particular con vulneración incluso de un derecho o garantía individual establecidos a su favor en la Constitución; ello autorizaría la impugnación del acto ante la autoridad judicial.
En cambio, el acto institucional no se vincula inmediata o directamente con los particulares sino con los propios órganos o poderes estatales en cuyo marco se contemplan principalmente relaciones entre poderes públicos”. Desde esta perspectiva, no existe justificación para la requerida intervención del Poder Judicial.
La situación cabe recordar se presentó cuando el entonces intendente Sergio “Oso” Leavy, fue electo diputado nacional por el Frente Ciudadano para la Victoria en 2017 y se produjo entonces la acefalía en la comuna norteña.
No obstante el “Oso” fue reemplazado por su hermano Eduardo “Chanchin” Leavy, al ser el presidente del Concejo Deliberante y ocupar el cargo interinamente en el Departamento Ejecutivo Municipal.
El “Oso”, como se recordará, había solicitado oportunamente licencia en la intendencia para asumir en el Congreso Nacional.